La iniciativa del gobernador establece la posibilidad de sufragar entre los 16 y 18 años, aunque no es obligatorio. Hoy, Santa Fe y Corrientes son las únicas dos provincias en las que no está contemplado.
El gobernador Omar Perotti remitió este miércoles a la
Legislatura, para su consideración, tratamiento y sanción, un proyecto de ley
sobre la ampliación de los derechos políticos de los jóvenes de entre 16 y 18
años, conocido como Voto Joven.
La propuesta establece el derecho a votar en elecciones
provinciales a las y los jóvenes de entre 16 y 18 años, pero no los obliga a
hacerlo. De tal modo que, si deciden no participar del proceso electoral, no
pueden ser sancionados.
En el texto del proyecto, se fundamenta que “cada vez más
jóvenes se involucran para tratar de transformar la realidad a través de la
práctica política. Hace casi una década que pueden hacerlo. Además de, en las
aulas, los colegios y los barrios, también en las urnas. Pero en el caso de Santa
Fe, pueden hacerlo únicamente para los cargos nacionales, es decir, pueden
elegir al presidente y vicepresidente, a los senadores y diputados nacionales,
pero no pueden elegir a las autoridades provinciales y locales”.
El escrito tiene como antecedente la reforma a la Ley de
Ciudadanía, sancionada el 31 de octubre de 2012, que consagró el derecho a
votar en elecciones nacionales a las y los jóvenes de entre 16 y 18 años.
Asimismo, con la sanción de la ley nacional, casi todas las
provincias comenzaron a adaptar su legislación para permitir el voto joven en
las elecciones provinciales para cargos locales. A la fecha, sólo no está
previsto en las provincias de Corrientes y Santa Fe.
“Es una instancia donde, como provincia estamos retrasados;
como no hemos actualizado la Constitución, el voto habla de los 18 años y
pareciera que entraríamos en contracción si aprobamos una ley que hable de
esto, pero hay jurisprudencia que empuja fuertemente a que Santa Fe vaya
adecuando su normativa legislativa más allá que se haya o no modificado la
Constitución”, explicó el gobernador Perotti.
“Este proyecto consagraría una expansión de los derechos
políticos de los jóvenes, permitiendo que puedan elegir a sus representantes en
todos los niveles de gobierno, eliminando así la imposibilidad de hacerlo para
cargos locales; para la historia de la democracia en la provincia, significará
el reconocimiento en esta franja etaria de capacidades y potencialidades hasta
ahora invisibilizadas”, agrega el texto del proyecto que, además de la firma
del gobernador, también tiene la rúbrica del ministro de Gobierno, Justicia,
Derechos Humanos y Diversidad, Roberto Sukerman.
De esta manera, se propone modificar los artículos 2° y 14°
de la Ley 4.990. El primero de ellos quedará redactado de la siguiente manera:
“Constituyen el cuerpo electoral de la provincia, en calidad de electores, los
argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, y los argentinos
naturalizados, desde los 18 años, que estén inscriptos en el Registro de
Electores y no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley”.
En tanto, una sección del artículo 14, quedaría redactado
así: “Todo elector tiene el deber de sufragar en cuantas elecciones
provinciales, municipales o de comisión de fomento se realicen en su distrito
electoral. Quedan exentos de esta obligación los jóvenes entre los 16 y los 18
años, y los mayores de 70 años”.