Repudiaron entrega de recursos energéticos y renuncia a derechos soberanos de Malvinas


Expediente 246.244 de la concejala Magnani. Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo del Bloque Cambiemos.
Marina Magnani
Visto:
Que el Decreto 872 publicado en el Boletín Oficial el pasado 2 de octubre, instruye a la "SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA para que proceda a convocar a Concurso Público Internacional para la adjudicación de permisos de exploración para la búsqueda de hidrocarburos en las áreas del ámbito costa nacional".

Y considerando:
Que en el artículo 3° del referido decreto se lee: "Autorízase la inclusión, en los permisos de exploración que se otorguen en el marco del Concurso Público y en las concesiones de explotación que obtengan los titulares de dichos permisos en los términos del artículo 17 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, de cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales con sede en un Estado que sea parte en la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958)".

Que las 38 áreas a ser licitadas bajo el Decreto 872, por un total de 200.841 km2, es decir, el equivalente a un 65% de la superficie de la provincia de Buenos Aires o casi 1.000 veces la superficie de la Capital Federal, es decir si se compara con Vaca Muerta, se trata de una extensión unas cinco veces y media mayor.

Que una de las tres cuencas incluidas en el Concurso, la denominada Cuenca Malvinas Oeste, está pegada a las Islas Malvinas, constituyéndose así en una zona de alta trascendencia geopolítica y de seguridad nacional. En dicha cuenca, se abrirán a concurso unas 18 áreas por 86.381 km2.

Que abrir a licitación pública internacional, con la salvaguarda de ceder la jurisdicción a favor de tribunales internacionales el territorio "concursado", representa una gravísima afrenta a la soberanía nacional.

Que el aludido Decreto 872, no menciona ninguna excepción a nivel compañías concursantes en cuanto a su país de origen, tanto para los permisos de exploración como para las concesiones de explotación.

Que dichas áreas, por tratarse de jurisdicción nacional, estuvieron asignadas a ENARSA (hoy IEASA), Empresa estatal creada en 2004, que tenía la titularidad de esas áreas.

Que dicho decreto no menciona ninguna  prohibición sobre las firmas que ya operan ilegal e ilegítimamente al norte de las Islas amparadas por Londres y el gobierno colonialista isleño.

Que  la Ley 27.007 (2014) modificatoria de la 17.319 revertió la titularidad de ENARSA en dichas áreas. En su artículo 30 se lee: "Derógase el artículo 2° de la ley 25.943, quedando a tal efecto revertidos y transferidos todos los permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos de las áreas costa afuera nacionales a la Secretaría de Energía de la Nación, respecto de los cuales no existan contratos de asociación suscriptos con Energía Argentina Sociedad Anónima en el marco de la ley 25.943".

Que en abril de este año, en el marco del acto por un nuevo aniversario de la guerra de Malvinas, el presidente Mauricio Macri aseguró que su administración seguirá reclamando "lo que es legítimo y nos pertenece, que es la soberanía sobre esas islas" Malvinas, al hablar en compañía de más de 200 familiares de soldados caídos en la guerra de 1982 y ex combatientes que asistieron a un acto de homenaje en la quinta de Olivos.

Que el 3 de enero de 1833 las Islas Malvinas, situadas en el Atlántico sur a unos 400 kilómetros de sus costas, "fueron ilegalmente ocupadas por fuerzas militares del Reino Unido".

Que la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional consagra el objetivo permanente e irrenunciable de recuperar el ejercicio pleno de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundante.

Que una de las 3 cuencas incluidas en el concurso, denominadas cuenca Malvinas Oeste, está pegada a Ias Islas Malvinas constituyéndose  una zona de alta trascendencia geopolítica y de seguridad nacional.

Que en el año 2009 Argentina presentó ante la comisión de límites de la Plataforma Continental la información científica necesaria  para extender los límites de la plataforma más allá de las 200 millas. Esta entrega del 3% representa una gran pérdida sobre el territorio nacional, por lo que la recuperación del ejercicio de la soberanía tiene carácter de política de estado.

Por todo lo antes expuesto los concejales abajo firmantes presentan el siguiente proyecto de:
 
DECLARACIÓN

El Concejo Municipal de Rosario manifiesta su repudio al decreto 812 firmado por el gobierno nacional cuyo efecto será la entrega de recursos  energéticos y la renuncia de derechos soberanos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundante.

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