El diputado provincial Fabián Palo Oliver, acompañado por
los demás integrantes del bloque UCR-NEO del FPCyS, es autor del proyecto de
Ley que crea el “Plan Provincial Alcoholemia 0”, el que tiene entre sus
objetivos principales contribuir a bajar la siniestralidad y evitar sus
consecuencias en materia de tránsito vehicular.
La iniciativa, realiza diversas modificaciones e
incorporaciones a la ley provincial N° 13.133 llevando el límite de tolerancia
de alcohol en sangre, para los conductores de vehículos, a 0.
Actualmente, dicha normativa provincial remite a lo
dispuesto por la Ley Nacional, la que en su artículo 17 establece la
prohibición de “Conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia
superior a 500 miligramos por litro de sangre. Para quienes conduzcan
motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia
superior a 200 miligramos por litro de sangre. Para vehículos destinados al
transporte de pasajeros, de menores y de carga, queda prohibido hacerlo
cualquiera sea la concentración por litro de sangre."
La propuesta del legislador intenta extender ese criterio
que exige alcohol 0 a todos los supuestos de conducción de vehículos, fundado
en la convicción de que no existe ninguna razón lógica que explique la
diferencia entre un caso y otro.
La modificación a la norma provincial dispone que, en
caso de constatar la presencia de alcohol en sangre en el conductor mediante
los mecanismos de verificación aprobados por la ley, se pueda proceder a
retener no sólo el vehículo sino también la respectiva licencia de conducir.
Con respecto a las sanciones de carácter pecuniario, la
iniciativa impone multas más gravosas para casos especiales como ser
funcionario público, conductor de vehículo destinado al transporte de
pasajeros, de menores, de maquinaria especial y de carga. En estos supuestos,
la multa será de 500 a 1.200 U.F. según la gravedad, con más dos meses a tres
años de inhabilitación para conducir.
En los casos de infracción a esta norma conduciendo
vehículos, motovehículos, ciclomotores y cuatriciclos autorizados para ser
librados al tránsito público, se mantienen las actuales sanciones.
También se le impone al infractor, en cualquiera de las
hipótesis contempladas, la obligación de someterse a un curso de reflexión y
revisión de conducta de 6 horas de duración. En caso de reincidencia, el curso
tendrá una duración de 12 horas con la carga de realizar un escrito final.
La propuesta incluye la creación del Fondo Provincial de
Lucha Contra el Alcohol Al Volante, el cual estará constituido por los montos
que se recauden en concepto de multas correspondientes a las infracciones
referidas en la misma ley, teniendo como destino específico contribuir a la
realización de cursos de revisión de conducta y talleres de sensibilización respecto
de los riesgos de la conducción bajo efectos del alcohol y
estupefacientes.
Entre los fundamentos, Palo Oliver refiere a la
modificación que introdujo la Ley Nacional N° 24.788 en su similar de Tránsito
(N° 24.449) disponiendo la prohibición de cualquier concentración de alcohol en
sangre para casos específicos como el de conductores de vehículos destinados al
transporte de pasajeros, de menores y de carga. Nuestra provincia adhirió a la
Ley de Tránsito, “por lo que la exigencia de alcohol 0 ya está vigente en
nuestro territorio provincial, siendo nuestro criterio que el fundamento de esa
normativa necesariamente debe extenderse a todos los casos”.
En la misma dirección, el legislador puntualizó: “Es muy
claro que la ingesta de alcohol y la conducción de vehículos no son nociones
que resulten compatibles y no encontramos ningún fundamento que explique la
diferencia entre los conductores de vehículos de transporte y el particular que
conduce un automóvil donde lleva a su grupo familiar o a terceros. También nos
preguntamos si la preocupación debe agotarse en la suerte que corran quienes
son transportados o prestar atención también a terceros ajenos a dicho
transporte que puedan ser afectados en su integridad física o su vida producto
del manejo en las condiciones prohibidas”.
Por último el legislador afirmó: “Ninguna vida vale más
que otra y es función del Estado disminuir, el máximo posible, los factores de
riesgo de accidentes. El alcohol es uno muy importante, por eso entendemos que
las razones que motivaron la inclusión en determinados supuestos, deben
extenderse a todos los casos”.