Germana Figueroa Casas |
El Calendario se formulará ordenando cronológicamente por mes dentro del año calendario las conmemoraciones y celebraciones previstas en las Ordenanzas Municipales vigentes y agregando aquellas a crearse en el futuro.
Y considerando: Que es uso de la tarea
legislativa de este Concejo conmemorar aspectos importantes de la
vida cultural, científica, social o política y de la historia
instituyendo el “Día de….” o la “Semana de….” para ser recordadas cada
año por su relevancia y para forjar el patrimonio colectivo.
Que podemos
citar entre otras y al solo efecto ejemplificativo las siguientes Ordenanzas.
8495 -
“Semana de Movilidad Sostenible” del 16 al 22 /09
9297 - Día
de la "Responsabilidad Social Empresaria" el 23 de abril
9551 -
"Día de los Abuelos", 26 de Julio
9511 -
"Día de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de
Comunicación", 11 de marzo
9706 -
"Día de la Memoria y Solidaridad con las Víctimas del Atentado contra la
Embajada de Israel", 17 de marzo.
9710 - “Día
de los Valores Humanos”. 29 de Julio
9707 -
"Día del Artesano". Cada 19 de marzo.
9459 -
“Semana de la Tradición”, la anterior al 10 de noviembre
9438 -
"Semana de la No Violencia". La semana que comprenda la fecha 2 de
octubre
9584 -
"Semana de Concientización de la Lucha contra la Corrupción" los
primeros 10 días de diciembre.
Que para
evitar que estas fechas pasen inadvertidas proponemos la creación del “Calendario
de Conmemoraciones y Celebraciones Oficiales del Municipio”.
Que la
unificación de estas ordenanzas en un Calendario único tiene como objeto
marcar celebraciones importantes a recordar y permitir armar agendas de
cada año, desarrollar campañas de difusión, actos o actividades
destinadas a promover la reflexión a través de medios adecuados con
la periodicidad suficiente. Este ordenamiento cronológico sistematizará estas
fechas.
Que el
Calendario se formulará ordenando cronológicamente por mes dentro del año
calendario las conmemoraciones y celebraciones previstas en las Ordenanzas
Municipales vigentes y agregando aquellas a crearse en el futuro.
Que la
implementación y seguimiento del calendario creado por el artículo 1 estará
cargo de la Secretaría de Cultura y Educación o el área que la
misma designe.
Es por lo
expuesto que los Concejales abajo firmantes proponen para su tratamiento y
posterior aprobación el siguiente proyecto de:
Es
por lo expuesto que se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: Créase el “Calendario de Conmemoraciones y Celebraciones Oficiales
del Municipio de Rosario”
Artículo 2º: Toda Ordenanza que instituya un “Día de…” o “Semana de….” deberá ordenar
su incorporación al “Calendario de Conmemoraciones y Celebraciones
Oficiales del Municipio de Rosario”
Artículo 3º: El Calendario se formulará ordenando cronológicamente por mes dentro del
año calendario las conmemoraciones y celebraciones previstas en las Ordenanzas
Municipales vigentes y a crearse en el futuro.
Artículo 4º: La implementación y seguimiento del calendario creado por el artículo 1°
estará cargo de la Secretaría de Cultura y Educación o el área que la
misma designe
Artículo 5º: El “Calendario de Conmemoraciones y Celebraciones Oficiales del
Municipio de Rosario” se publicará en la página web de la Municipalidad.