Casos Muse Chemes y Oyarbide: el reflejo de dos gobiernos diferentes.

La diferencia entre el modelo nacional y el provincial no se ve, solamente, en el aspecto económico, social y cultural. La distancia puede percibirse, también, en lo institucional.
La independencia de poderes en nuestra provincia se asienta en la responsabilidad política de someter, a los mismos, al control que toda institución republicana necesita para funcionar con cierto equilibrio.
Mauricio Macri aceptó la renuncia del cuestionado ex juez, Norberto Oyarbide, quien reconoció, posteriormente, haber actuado bajo presión y haber cedido ante ella.
Miguel Lifschitz, por el contrario, denegó igual solicitud al juez de Vera, Dr. Muse Chemes, quien habría incurrido en innumerables irregularidades reflejadas en fallos de alto contenido sexista y que causara un grave perjuicio a jóvenes víctima de abusos sexuales reiterados.
Una de las causas que motiva la investigación del accionar de Muse Chemes involucra a una menor abusada sexualmente entre sus 12 y 17 años. El juez consideró, en su fallo, que “no se puede corromper lo corrompido” haciendo alusión a la condición asignada por él a la víctima. El caso llegó hasta la ONU.
En febrero de 2016, el juez absolvió a nueve acusados de promoción de la prostitución infantil en fiestas organizadas en la vivienda de la exempleada judicial, Nilda Emilia Clementina Sánchez.
Más tarde, en agosto de 2017, la Cámara de Apelación Penal confirmó la condena a siete años de prisión para Sánchez, y otros ocho hombres.
Las víctimas demandan una exhaustiva investigación para determinar la verdad de los hechos puntuales, así como también determinar los factores que pudieron haber intervenido en las decisiones del magistrado, y llegar al fondo de la verdad histórica que descarte la existencia de dolo y la existencia de una estructura por fuera de las argumentaciones sexistas expresadas en los fallos.
Cabe destacar que, en el caso de conformarse el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados (Ley 7050) y de aceptarse la denuncia contra mencionado Juez, por parte del Procurador General de la Corte, “se suspenderá provisionalmente al magistrado de sus funciones y se ordenará la retención del 50 % de su remuneración”.
Por otra parte este recurso institucional de excepción, “no podrá exceder los doscientos cuarenta (240) días hábiles” en la duración del proceso.
Miguel Lifschitz cumplió su rol, como máximo representante del Poder Ejecutivo de Santa Fe, de permitir la investigación del accionar del juez de Vera. Un acto que refleja la calidad institucional de una provincia que pone, por encima de cualquier sujeto, la ética pública.

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