Proyecto
de la concejala Celeste Lepratti. APROBADO SOBRE TABLAS
Los testimonios recogidos por la Comisión expresan su preocupación y angustia por las formas en las que se llevan adelante las pruebas de ADN, en el contexto de Juicios Filiatorios que conllevan un alto nivel de conflictividad entre las partes.
VISTO: El abordaje de la Comisión de Derechos Humanos en relación a procedimientos
administrativos, legales y de forma que son llevados a cabo por el Instituto
Médico Legal (IML) Rosario, en relación al Protocolo en la obtención de
resultados de ADN, en particular para juicios filiatorios.
Y CONSIDERANDO: Que la Comisión de Derechos Humanos ha abordado
la temática de personas que se encuentran cursando juicios filiatorios, y
se han recibido manifestaciones observando la transparencia, demoras y
formas en las cuales se realizan los procedimientos que buscan certificar
los lazos parentales de los solicitantes, oficios que se
legitiman legalmente a través de las prácticas que dispone el mencionado
Instituto.
Que en los testimonios recogidos por la Comisión expresan su
preocupación y angustia por las formas en las que se llevan adelante las
pruebas de ADN, en el contexto de Juicios Filiatorios que conllevan un
alto nivel de conflictividad entre las partes.
Que la función asignada al Instituto Médico Legal es la validación legal
de los exámenes de ADN que se efectúan para determinar la maternidad y
paternidad, etapa ineludible en diligencias dentro del marco de los
juicios respectivos y que la transparencia del protocolo y
los procedimientos que se ejecutan deben satisfacer en su medida la
confianza de las partes.
Es por lo expuesto, que los Concejales de la comisión de Derechos
Humanos abajo firmantes presentan para su aprobación el siguiente proyecto
de:
R E S O L U C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario resuelve solicitar al Instituto Médico
Legal (IML) Rosario eleve informe técnico en un plazo que no supere los 15
(quince) días:
a) Protocolo y/o medidas que se
toman con la finalidad de validar legalmente la maternidad
y paternidad que se demandan en la tramitación de los Juicios Filiatorios.
b) Detalle de los elementos y/o
modalidades que se tienen en cuenta para la determinación del ADN, que
certifica legalmente el Instituto Médico Legal (IML).
c) Convenios existentes entre el
IML y los organismos, efectores de salud oficiales, como así también con
empresas y/o laboratorios privados.