VISTO: Que en el 14 de
agosto se cumplieron tres años de la Desaparición Forzada seguida de muerte de
Gerardo “Pichón” Escobar, no contando al día de la fecha con avances significativos
que procuren establecer las circunstancias de su asesinato ni las
responsabilidades penales en torno al mismo.
Y
CONSIDERANDO: Que
el 14 de agosto de 2015 Gerardo “Pichón” Escobar concurrió al bar La Tienda,
siendo que a la salida del mismo se produjo un incidente con patovicas y
policías que componían un grupo mixto que gestionaba la seguridad del boliche y
sus zonas aledañas, hecho en el cual “Pichón” fue golpeado fuertemente;
Que tras el incidente del cual resultara
víctima Escobar, fue visto por testigos agazapado entre los autos estacionados
en la intersección de las calles Sarmiento y Catamarca, siendo que éste es el
último registro que se tiene con vida de Pichón;
Que a las dificultades propias que conlleva
la investigación de un delito complejo como lo es la Desaparición Forzada de
Persona, la familia debió afrontar las adversidades anexadas por parte de la
intervención del Ministerio Público de la Acusación, puesto que no sólo hubo
negativa a caratular el caso como Desaparición Forzada de Persona, sino que
además se realizaron todas las diligencias investigativas mediante la Policial
Provincial, aún teniendo acreditado desde el inicio la participación de
personal de esa fuerza en el hecho, lo que generó un proceso de pérdida y
manipulación de evidencias relevantes para los destinos de la investigación y
colocó en grave riesgo la posibilidad de avance de la misma, condena de los
responsables, justicia y reparación para la familia;
Que estando ya radicada la investigación en
el fuero Federal –luego de un año de discusión sobre la competencia- los
obstáculos continuaron, proviniendo del propio Juzgado interviniente, puesto
que el Juez Marcelo Bailaque decretó arbitrariamente el sobreseimiento y
liberación de los cinco imputados, decisión que ha sido imposible de revertir
hasta la actualidad;
Que la familia expresa que son intolerables
las demoras injustificadas y negativas tacitas de producción de algunas medidas
investigativas relevantes y útiles a esta altura de los acontecimientos,
considerando que el transcurso del tiempo conspira terriblemente contra el
descubrimiento de la verdad, afecta la memoria de los testigos si no se
registra su testimonio, deteriora la calidad de las muestras orgánicas que
esperan pericias, y todo se torna en definitiva más injusto;
Que de continuar por este camino se hará
irreversible que el caso derive en un hecho impune, lo que conlleva la
responsabilidad internacional del estado provincial y nacional, ante la grave
vulneración a los derechos humanos que significa una Desaparición Forzada de
Persona;
Que los concejales y concejalas de la
Comisión de Derechos Humanos abajo firmantes aconsejan la aprobación del
siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
El Concejo Municipal de Rosario manifiesta su
preocupación ante la falta de avances significativos que procuren establecer
las circunstancias y responsabilidades penales por la Desaparición Forzada
seguida de muerte de Gerardo “Pichón” Escobar, ocurrida el 14 de agosto de
2015.