Aprobado por
mayoría reglamentaria, con el voto negativo del Bloque Cambiemos
Toda el área metropolitana del gran Rosario se destaca precisamente por concentrar una amplia actividad industrial y comercial, proveedora de artículos e insumos de las más variadas naturalezas y resulta necesario desarrollar políticas concretas en defensa de la industria local y la promoción del compre local.
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Concejal Pablo Javkin |
Las Comisiones de Producción y Promoción del Empleo y de Gobierno consideraron el proyecto de Ordenanza presentado por los concejales Javkin,
Toniolli, Monteverde, Estévez y Gigliani, que expresa:
“VISTO: La necesidad de desarrollar políticas
concretas en defensa y promoción de la industria local y el compre local, y;
CONSIDERANDO: Que resulta necesario desarrollar
políticas concretas en defensa de la industria local y la promoción del compre
local.
Que si bien existen al momento, numerosas normas
dictadas en base a la promoción industrial, ello no se constituye en obstáculo
a la hora de definir otras nuevas herramientas de promoción y desarrollo.
Que toda el área metropolitana del gran Rosario se
destaca precisamente por concentrar una amplia actividad industrial y
comercial, proveedora de artículos e insumos de las más variadas naturalezas.
Que en la tarea del diseño de políticas públicas de
promoción de la industria, resulta fundamental contar con la información
adecuada y sensible, lo más actualizada posible y respecto al caudal o volumen
de insumos o productos que resultan necesarios en las cadenas productivas y
que, a falta de proveedores locales deben ser importados.
Que esta información permitirá entre otros aspectos,
poder considerar el diseño de políticas o líneas de promoción especialmente
orientadas a alentar el desarrollo industrial de determinados sectores con
miras final a la sustitución de importaciones.
Que en base a
tales objetivos, la creación de un registro que permita en forma actualizada,
ir volcando todos los datos relativos a la importación de insumos y productos
utilizados por las industrias locales en sus líneas de producción, resulta ser
un paso necesario y oportuno que permitirá obtener y centralizar información de
utilidad para el posterior desarrollo de políticas públicas.
Que en función de la naturaleza del registro cuya
constitución se plantea, y en atención a las distintas competencias de los
distintos organismos del Estado abocados a materia aduanera y de control,
resulta fundamental coordinar con todos estos actores, la mecánica adecuada
mediante la firma de acuerdos de colaboración.
Que asimismo, debe destacarse la conveniencia de que
el registro de mención deba ser público, y quedar abierto a las eventuales
consultas de particulares.
Por lo antes expuesto, los concejales abajo firmantes
presentan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Créase el Registro de Productos e Insumos
Importados por Industrias Locales (RePIIL). El mismo tiene por objeto almacenar
la información relativa a la importación de insumos y/o productos a ser
incorporados en las cadenas productivas por parte de las industrias locales,
todo a los fines de contar con información fidedigna que permita el posterior
desarrollo de políticas públicas adecuadas para el direccionamiento y la
promoción de determinados sectores de la industria local y teniendo como
objetivo final la sustitución de importaciones.
Art. 2º.- Facúltese
al Departamento Ejecutivo Municipal la firma de acuerdos de colaboración con la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP); la Dirección General de Aduanas de la Nación (DGA) y/o cualquier
otra entidad Nacional y/o Provincial a los fines de recibir en forma periódica
el suministro de información útil y necesaria para la confección del registro
de productos e insumos importados de Industrias locales (RePIIL).
Art. 3º.- El Registro de productos e insumos importados por
industrias locales (RePIIL), será de consulta pública y deberá ser llevado por la Secretaría de
Producción de la
Municipalidad de Rosario según las condiciones que se
establezcan por reglamentación. En caso de ausencia de información suministrada
por la AFIP y/o
DGA, la Secretaría
deberá construir sus indicadores para el registro en base a otras fuentes,
debiendo hacer prevalecer las más confiables.
Art. 4º.- La
Secretaría de Producción de la Municipalidad de Rosario deberá procesar la
información obtenida a los fines de la constitución del registro, de manera tal
que se respeten las pautas legales de confidencialidad de la información,
brindando los datos de forma estadística, de modo que los titulares de los
datos sean inidentificables y en un todo conformes con los principios de
protección de datos personales según las leyes nacionales 11.683, 25.326 y
normativas concordantes.