La provincia desadjudicó y recuperó dos viviendas sociales en Rosario


Una de las casas estaba deshabitada, mientras que la otra había sido puesta en venta por internet. Ambas propiedades fueron readjudicadas a familias suplentes del plan de viviendas correspondiente.


La provincia desadjudicó y recuperó dos viviendas sociales del barrio Martínez Estrada y Colombia, en la zona noroeste de la ciudad de Rosario, y las readjudicó familias suplentes de ese plan de viviendas.

Esta medida se dispuso luego de que, a través del operativo de seguimiento y control que realiza la dirección provincial de Vivienda y Urbanismo (DPVyU) una vez entregadas las unidades, se comprobaran irregularidades por parte de los adjudicatarios. En uno de los casos, se corroboró que la casa había sido puesta en venta a través de la red social Facebook, mientras que la otra vivienda estaba desocupada.

La provincia ya había intimado a sus propietarios y, ante la falta de respuesta, se desadjudicaron y se entregaron a familias suplentes de ese plan. Además, se iniciaron acciones legales a quienes pusieron en venta la unidad habitacional.

Asimismo, desde la DPVyU se informó que hay otras 10 unidades habitacionales de ese mismo plan que estén en proceso de desadjudicación.

LA RESPONSABILIDAD DE LOS ADJUDICATARIOS
El secretario de Estado del Hábitat, Diego Leone, indicó “los operativos pretenden recuperar viviendas en las que se registran irregularidades o cuyo destino social haya sido vulnerado, es decir, casas usurpadas, puestas en venta, desocupadas, en alquiler o con titulares que no hagan uso residencial de los inmuebles" y agregó que "también se desadjudica a aquellos ocupantes que no cumplan con el pago de las cuotas o cuando el ocupante actual no coincide con el adjudicatario original”.

“En todos los casos, las viviendas recuperadas se entregan a las familias que salieron como suplentes en los sorteos de cada plan habitacional, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos”, aclaró.

Leone expresó que "el gobierno provincial cumple con la responsabilidad y el deber de garantizar el acceso a la primera vivienda propia, a familias de trabajadores. Creemos que la responsabilidad de las familias no solo debe ser cumplir con el pago de las cuotas, sino también con el reglamento de usufructo de las viviendas sociales, es decir, los grupos familiares adjudicados tienen que habitar las casas; no las pueden vender ni alquilar".

El secretario de Estado recordó la importancia del pago de las cuotas, lo que "nos permite generar un círculo virtuoso con el que disponemos de fondos para construir nuevas viviendas y dar la posibilidad a más familias santafesinas de acceder a una casa".

RELEVAMIENTO
Respecto de los operativos de seguimiento y control que realiza la DPVyU, desde esta dependencia informaron que de las 244 viviendas entregadas hace un año en el barrio Martínez Estrada y Colombia, 232 casas están habitadas y en regla, dos fueron recuperadas y 10 están en proceso de desadjudicación.

En paralelo, esta semana comenzaron los relevamientos en los barrios Parque Habitacional Ibarlucea y ex Villa Olímpica, y luego seguirán en la Zona Cero.

Desde la DPVyU advierten que la ciudadanía puede colaborar denunciando  maniobras fraudulentas vía correo electrónico a la dirección registrovivienda@santafe.gob.ar.

Las unidades habitacionales que entrega la provincia se adjudican a través de sorteos públicos, previa inscripción en el Registro Digital de Acceso a la Vivienda, un sistema informático transparente, ágil y moderno que forma parte de una política de modernización y transparencia del gobierno provincial y permite reemplazar los operativos presenciales de inscripción para participar de los sorteos. Cabe recordar que el trámite es personal y no requiere de intermediarios ni gestores.

CONDICIONES DE USO DE LAS VIVIENDAS
La DPVyU recuerda que las casas están destinadas a postulantes que deben conformar un grupo familiar, ser argentinos o extranjeros naturalizados, poseer ingresos demostrables, residir o trabajar -como mínimo- desde hace dos años en la ciudad o comuna donde se sortean las viviendas y no tener otro inmueble de su propiedad o patrimonio suficiente para solucionar su situación habitacional.

Además, es obligatorio que las unidades sean habitadas, es decir, ocupadas de manera permanente, sin posibilidad de vender, canjear, alquilar u ocupar parcialmente. Cualquiera de estas situaciones es causal de desadjudicación, como así también el falseo de la ficha al momento de la inscripción o la negativa a formalizar la tenencia de la vivienda a través de la firma de la documentación propuesta por el organismo provincial.

Cabe destacar que en caso de que algún postulante haya sido beneficiario de una vivienda social en el pasado, deberá transcurrir un plazo mínimo de 10 años desde el cese efectivo de su relación contractual con DPVyU para acceder a una nueva.


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