Los préstamos que se ofrecen con sospechosa insistencia tienen intereses que van desde el 51% en el Banco de Galicia, 58% en el Santander Rio y 62% en el Macro. Las tarjetas no bancarias tienen tasas del 66% (Tarjeta Naranja), 78,34% (Cencosud) y 86% en (CMR Falabella), según datos del propio Banco Central. Tasas nada baratas, y muy superiores a los aumentos de inflación o de salarios. Ni hablar de tener que caer en manos de un usurero.
Por: Jorge Elias
El mega decreto de necesidad y
urgencia que firmó el presidente Macri, abarca una enorme cantidad de temas,
entre otros la habilitación de camiones con dos acoplados y con mayor peso en
las rutas, recortes en el plantel de empleados del estado, facilidades para
exportar obras de arte y para radicar industrias, aflojamiento de sanciones
para patronales incumplidoras, obligación de patentar los cuatriciclos y
eliminación de permisos de estacionamiento libre para autos oficiales.
Un
festival de medidas de toda categoría, muchas de las cuales no necesitaban un
DNU con fuerza de ley para ponerse en vigencia.
De entre ellas se destaca la
posibilidad de embargar la cuenta sueldo de los trabajadores.
Una ley de
diciembre de 2016 (es decir de este mismo gobierno), había declarado
inembargable la cuenta sueldo, y sólo habilitaba el embargo de remuneraciones
mediante orden judicial dirigida al empleador con un límite de retención, de
modo de preservar el ingreso de los trabajadores.
El DNU permite ahora también
embargar la cuenta sueldo de los trabajadores, en lo que supere el equivalente
a tres meses de sueldo.
Podría sostenerse que son pocos
los casos en los que un trabajador tenga acumulados más de tres meses de
remuneración en su cuenta, ya que lo normal es gastar el sueldo a lo largo del
mes, mientras alcance.
El verdadero riesgo es el cobro
de indemnizaciones. Al trabajador despedido se le deposita el importe
correspondiente en la cuenta sueldo, con el consiguiente incremento del saldo
de la misma.
Un trabajador que gana $30.000
por mes y al momento de ser despedido le depositan $600.000 podrá ser embargado
en todo lo que supere $90.000. Las indemnizaciones por accidentes de trabajo,
aunque inembargables por ley, quedan expuestas también a la voracidad de los
acreedores cuando se depositan en la cuenta.
Un trabajador se endeuda cuando
anda corto de plata o desea dinero para concretar algún proyecto (comprar un
electrodoméstico, los útiles para la escuela de los chicos, a veces un viaje).
Ahí es cuando recurre al financiamiento que le ofrecen bancos y compañías
financieras a través de las tarjetas de crédito.
Claro que estos préstamos que se
le ofrecen con sospechosa insistencia tienen intereses que van desde el 51% en
el Banco de Galicia, 58% en el Santander Rio y 62% en el Macro. Las tarjetas no
bancarias tienen tasas del 66% (Tarjeta Naranja), 78,34% (Cencosud) y 86% en
(CMR Falabella), según datos del propio Banco Central. Tasas nada baratas, y
muy superiores a los aumentos de inflación o de salarios. Ni hablar de tener
que caer en manos de un usurero.
El trabajador que no puede hacer
frente a esos intereses, se va atrasando en los pagos, y cuando se da cuenta ya
es tarde. Los intereses son una bola de nieve que lleva a que el monto adeudado
(muchas veces con costas y honorarios judiciales), puede llegar a diez veces el
valor de lo prestado.
Con cierta dosis de cinismo, la
reforma se fundamenta en la necesidad de mejorar el perfil crediticio de los
ahorristas del sistema financiero y otorgarles mayor y mejor acceso al crédito.
Parece un fin noble pero en realidad es la posibilidad de que el trabajador
pierda para que el acreedor gane.