Las Comisiones de Salud y Acción Social y Gobierno consideraron el proyecto de Ordenanza presentado la Concejala Daniela León, que expresa:
Preocupa la proliferación del uso indiscriminado de medicamentos veterinarios, sin la pertinente asistencia profesional.
Las Comisiones de Salud y Acción Social y Gobierno consideraron el proyecto de Ordenanza presentado la Concejala Daniela León, que expresa:
Las Comisiones de Salud y Acción Social y Gobierno consideraron el proyecto de Ordenanza presentado la Concejala Daniela León, que expresa:
“Visto:
Que el expendio de medicamentos de uso
en medicina veterinaria, se realizará exclusivamente en las farmacias
veterinarias habilitadas por el Ministerio de la Producción de Santa Fe, según
lo establecido en la ley 6718 o la que
en el futuro la modifique o reemplace y,
Considerando:
Que
el Colegio de Médicos Veterinarios de la provincia de Santa Fe 2° Circunscripción
nos hace saber de la importancia del expendio de medicamentos y sustancias farmacológicas de uso veterinario
en farmacias veterinarias habilitadas por el Ministerio de la Producción.
Que
el concepto científico y jurídico de
Salud comprende no sólo la salud humana, sino también la salud animal y del
medio ambiente.
Que
lo que se pretende es que los
medicamentos veterinarios tengan un
especial control para que su uso o aplicación
sirvan para el objetivo preventivo y curativo de los mismos, impidiendo
el uso indebido de ellos.
Que
preocupa, la proliferación del uso indiscriminado de medicamentos veterinarios,
sin la pertinente asistencia profesional, ya sea en su dispensa como en su
prescripción.
Que
este hecho facilita la medicación por parte de propietarios o tenedores de los animales, con graves
riesgos y consecuencias negativas no solo para los animales sino para los seres
humanos.
Que
a su vez, el uso desmedido de antibióticos genera en la resistencia ante
diversos microorganismos.
Que
la inapropiada utilización de antiparasitarios internos puede generar la
transmisión de enfermedades de los animales a los seres humanos (Zoonosis) con grave impacto en la
Salud Pública.
Que
asimismo el mal uso de medicamentos en animales puede generar residuos o y
metabolitos que atentan contra la inocuidad de productos alimenticios,
afectando nuevamente a la Salud Pública.
Que
la falta de normativa específica municipal que sancione el incumplimiento de
las leyes provinciales sobre
habilitación de Farmacias y Distribuidoras Veterinarias facilita la utilización
de medicamentos para uso indebido con los riesgos que genera para la Salud.
Que
la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación, ratificó la vigencia plena, no
sólo de las normas nacionales, sino también las provincias, que imponen la
habilitación provincial de las llamadas Farmacias Veterinarias. ”
Es
por lo expuesto estas comisiones elevaban para su aprobación el siguiente proyecto
de:
ORDENANZA
Artículo
1º.- Que a partir de la vigencia de la
presente ordenanza, el expendio de
medicamentos de uso en medicina veterinaria, incluyendo los llamados de venta
libre, según la calificación establecida por SENASA y ANMAT, se realizará
exclusivamente en las farmacias veterinarias habilitadas por el Ministerio de
la Producción de Santa Fe, según lo establecido en la ley 6718 o la que en el
futuro la modifique o reemplace.
Art.
2º.- Agréguese a la Ordenanza 2738/81 y modificatorias del
libro VI de Faltas contra las autoridades municipal bajo el título de faltas contra la seguridad
e higiene el art. 602.39 “El expendio de
medicamentos y sustancias farmacológicas de uso en medicina veterinaria en
comercios que no estén habilitados como Farmacia o Distribuidora por el
Ministerio de Producción la autoridad que en el futuro la reemplace,
se penará con una multa de 100 UF
a 300UF y/o clausura hasta 90 días.
Art.
3º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos,
publíquese y agréguese al D.M.