Comenzó en Santa Fe el juicio oral y público por un caso de abuso sexual intrafamiliar ocurrido en Esperanza

Los acusados son el abuelo, la abuela y el tío de la víctima, que es un niño menor de edad. Los tres están en prisión preventiva. Los fiscales que investigaron el caso son Omar De Pedro y Daniel Filippi, quienes solicitarán penas de entre 20 y 25 años de prisión.
Los fiscales que investigaron el caso son Omar De Pedro y Daniel Filippi.

Comenzó en Santa Fe un nuevo juicio oral y público. Tres personas mayores de edad serán juzgadas por delitos contra la integridad sexual –cometidos en Esperanza– en perjuicio de un niño menor de edad, que es familiar de los tres imputados. Los fiscales que investigaron el caso son Omar De Pedro y Daniel Fillipi.

El tribunal pluripersonal a cargo del debate está compuesto por los jueces Susana Luna (presidenta); Jorge Pegassano y Luis Octavio Silva.

En la mañana de hoy se realizaron los alegatos de apertura de las partes, y está previsto que las audiencias se reanuden la próxima semana. En tanto, los alegatos de clausura fueron programados para el lunes 6 de noviembre, mientras que la sentencia se dará a conocer el miércoles 8 de noviembre.
 
Valentía
Luego de la audiencia celebrada hoy, el fiscal De Pedro hizo hincapié en que “lo importante de este caso es que hay un menor de edad que relató hechos muy graves y, en definitiva, lo central es resguardar el interés superior de ese niño que fue víctima”. En tal sentido, advirtió que “hay cuestiones conexas que pretenden ser introducidas en el debate, pero que no remiten a lo central del caso: el abuso del menor”.

El fiscal del MPA también valoró la actitud de la víctima y dijo que “tuvo la valentía de, ante semejantes hechos, relatar lo que le tocó vivir”.

Por otra parte, De Pedro recordó que “en este caso hubo innumerable cantidad de audiencias y recursos, y siempre salió fortalecida la posición de la Fiscalía y de la Querella”. En ese sentido, el fiscal Filippi agregó que “tenemos muchos elementos de convicción como para acreditar la responsabilidad de los imputados, y confiamos en que podremos acreditar con certeza lo que relató el menor”.

Calificaciones agravadas
Las tres personas imputadas son el abuelo materno de la víctima cuyas iniciales son VHB; la abuela materna cuyas iniciales son NMM; y el tío del niño, un policía cuyas iniciales son JPB. Los abuelos de la víctima están en prisión preventiva desde que la madre del niño –que es la hija y hermana de los imputados– denunció lo ocurrido. Por su parte, el tío de la víctima está detenido desde 2016.

El abuelo del niño fue imputado por los fiscales como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima; por ser cometido por ascendiente, encargado de la educación y guarda; por ser cometido por dos personas; y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con el niño menor de edad) y promoción de la corrupción de menor agravada (por ser la víctima menor de 13 años; y por ser ascendiente y personas conviviente y encargada de la educación y guarda del menor), ambos delitos en concurso ideal. Además, fue imputado como autor de coacciones reiteradas, en concurso ideal con los otros dos delitos.

Por su parte, al tío de la víctima, los funcionarios del MPA le atribuyeron la autoría de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima y por ser encargado de la guarda) y promoción de la corrupción de menor agravada (por ser la víctima un menor de 13 años y por ser el imputado persona encargada de la guarda del menor), ambos delitos en concurso ideal. Además, fue imputado como autor de los delitos de coacción agravada por el uso de arma de fuego y desobediencia a un mandato judicial, todo en concurso real”.

En tanto, la abuela del niño fue imputada como autora del delito de promoción de la corrupción de un menor agravada (por ser la víctima menor de 13 años y por ser ascendiente y persona conviviente encargada de la educación y guarda del menor) y partícipe principal del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima; ser cometido por ascendiente, encargado de la educación y guarda; ser cometido por dos personas y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con el niño menor de 18 años), ambos delitos en concurso ideal.

De acuerdo a los hechos investigados y a los delitos atribuidos, las penas que solicitaron los fiscales son de 22 años de prisión para el abuelo de la víctima; 20 años para el tío y 25 para la abuela del niño”.

Querellante

La madre de la víctima se constituyó como querellante en la causa. El representante técnico de la mujer es el abogado Martín Risso Patrón.

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