Los acusados son el abuelo, la abuela y el tío de la
víctima, que es un niño menor de edad. Los tres están en prisión
preventiva. Los fiscales que investigaron el caso son Omar De Pedro y Daniel
Filippi, quienes solicitarán penas de entre 20 y 25 años de prisión.
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Los fiscales que investigaron el caso son Omar De Pedro y Daniel Filippi. |
Comenzó en Santa
Fe un nuevo juicio oral y público. Tres personas mayores de
edad serán juzgadas por delitos contra la integridad sexual –cometidos en
Esperanza– en perjuicio de un niño menor de edad, que es familiar de los tres
imputados. Los fiscales que investigaron el caso son Omar De Pedro y
Daniel Fillipi.
El tribunal
pluripersonal a cargo del debate está compuesto por los jueces Susana
Luna (presidenta); Jorge Pegassano y Luis Octavio Silva.
En la mañana de hoy
se realizaron los alegatos de apertura de las partes, y está previsto que las
audiencias se reanuden la próxima semana. En tanto, los alegatos de clausura
fueron programados para el lunes 6 de noviembre, mientras que la sentencia
se dará a conocer el miércoles 8 de noviembre.
Valentía
Luego de la audiencia celebrada
hoy, el fiscal De Pedro hizo hincapié en que “lo importante de este caso es que
hay un menor de edad que relató hechos muy graves y, en definitiva, lo central
es resguardar el interés superior de ese niño que fue víctima”. En tal sentido,
advirtió que “hay cuestiones conexas que pretenden ser introducidas en el
debate, pero que no remiten a lo central del caso: el abuso del menor”.
El fiscal del MPA
también valoró la actitud de la víctima y dijo que “tuvo la valentía de, ante
semejantes hechos, relatar lo que le tocó vivir”.
Por otra parte, De
Pedro recordó que “en este caso hubo innumerable cantidad de audiencias y
recursos, y siempre salió fortalecida la posición de la Fiscalía y de la
Querella”. En ese sentido, el fiscal Filippi agregó que “tenemos muchos
elementos de convicción como para acreditar la responsabilidad de los
imputados, y confiamos en que podremos acreditar con certeza lo que relató el
menor”.
Calificaciones
agravadas
Las tres personas
imputadas son el abuelo materno de la víctima cuyas iniciales son VHB; la
abuela materna cuyas iniciales son NMM; y el tío del niño, un policía cuyas
iniciales son JPB. Los abuelos de la víctima están en prisión preventiva desde
que la madre del niño –que es la hija y hermana de los imputados– denunció lo
ocurrido. Por su parte, el tío de la víctima está detenido desde 2016.
El abuelo del niño
fue imputado por los fiscales como autor de los delitos de abuso sexual con
acceso carnal agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la
víctima; por ser cometido por ascendiente, encargado de la educación y guarda;
por ser cometido por dos personas; y por aprovechar la situación de convivencia
preexistente con el niño menor de edad) y promoción de la corrupción de menor
agravada (por ser la víctima menor de 13 años; y por ser ascendiente y personas
conviviente y encargada de la educación y guarda del menor), ambos delitos en
concurso ideal. Además, fue imputado como autor de coacciones reiteradas, en
concurso ideal con los otros dos delitos.
Por su parte, al tío
de la víctima, los funcionarios del MPA le atribuyeron la autoría de los
delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado (por resultar grave daño en
la salud mental de la víctima y por ser encargado de la guarda) y promoción de
la corrupción de menor agravada (por ser la víctima un menor de 13 años y por
ser el imputado persona encargada de la guarda del menor), ambos delitos en
concurso ideal. Además, fue imputado como autor de los delitos de coacción
agravada por el uso de arma de fuego y desobediencia a un mandato judicial,
todo en concurso real”.
En tanto, la abuela
del niño fue imputada como autora del delito de promoción de la corrupción de
un menor agravada (por ser la víctima menor de 13 años y por ser ascendiente y
persona conviviente encargada de la educación y guarda del menor) y partícipe
principal del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado (por
resultar grave daño en la salud mental de la víctima; ser cometido por
ascendiente, encargado de la educación y guarda; ser cometido por dos personas
y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con el niño menor de
18 años), ambos delitos en concurso ideal.
De acuerdo a los
hechos investigados y a los delitos atribuidos, las penas que solicitaron
los fiscales son de 22 años de prisión para el abuelo de la víctima; 20
años para el tío y 25 para la abuela del niño”.
Querellante
La madre de la
víctima se constituyó como querellante en la causa. El representante técnico de
la mujer es el abogado Martín Risso Patrón.