Solicitan informes sobre autorización para explotación comercial de la empresa aérea Avianca

El Fiscal Jorge Di Lello imputó al presidente Mauricio Macri; al Ministro de Transporte, Guillermo Dietrich; otros funcionarios del Ejecutivo; al empresario Franco Macri y a miembros de la línea aérea Avianca por la posible comisión de los delitos de "asociación ilícita, negociaciones incompatibles, defraudación contra la administración pública y tráfico de influencias", causa judicial que continúa abierta.

La Comisión de Gobierno consideró el  proyecto de Decreto presentado por los concejales Eduardo Toniolli y Norma López, mediante el cual encomienda al Departamento Ejecutivo gestione un informe en relación a la autorización otorgada a la empresa Avian Líneas Aéreas Sociedad Anónima para la explotación de rutas aéreas.

Se fundamenta que: “Visto: La oficialización del Gobierno Nacional de la autorización a la empresa colombiana Avian Líneas Aéreas Sociedad Anónima, que opera en el país como Avianca, a explotar durante 15 años un total de 16 rutas aéreas entre nacionales e internacionales comunicada en el Boletín Oficial con la publicación de la Resolución 280-E/2017 del Ministerio de Transporte con la firma de su titular Guillermo Dietrich; y
Considerando: Que existe conflicto de intereses cuando se produce una confrontación entre el deber público y los intereses privados del funcionario. Es decir, “éste tiene intereses personales que podrían influir negativamente sobre el desempeño de sus deberes y responsabilidades” (OCDE, Guidelines forManaging Conflict of Interest in the Public Service, 2003”).

Que la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública regula los conflictos de intereses en su Capítulo V. Allí se describen situaciones concretas y objetivas en las que se presume –sin admitir prueba en contrario- la existencia de un riesgo para la imparcialidad del funcionario.

Que la Ley 25.188 también contempla el caso de que la actividad incompatible descripta en su artículo 13, sea previa al ejercicio de la función pública. En tales supuestos el funcionario deberá: a) renunciar a tal actividad como condición previa para asumir el cargo y b) abstenerse de tomar intervención, durante su gestión, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas o asuntos a los cuales estuvo vinculado en los últimos tres años (art. 15 de la Ley 25.188). Además, si el agente público tiene participación societaria en una empresa, debe abstenerse de intervenir en cualquier asunto vinculado a la misma [art.15 inc. b) de la Ley 25.188]. 

La vulneración de estas prohibiciones constituye una falta ética que puede acarrear la sanción -e incluso la remoción- del funcionario responsable. Asimismo, los actos emitidos en conflicto de intereses serán nulos de nulidad absoluta y tanto el funcionario actuante como las firmas contratantes o concesionarias serán solidariamente responsables por la reparación de los daños y perjuicios que esos actos le ocasionen al Estado (arts. 3 y 17 de la Ley 25.188). Estas normas deben complementarse con el art. 2 inc. i) de la Ley 25.188 conforme al cual quienes ejerzan funciones públicas deben “abstenerse de intervenir en todo asunto respecto al cual se encuentre comprendido en alguna de las causas de excusación previstas en ley procesal civil.”

Que según trascendidos en medios de prensa, el dictamen de la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con la firma de Laura Alonso, Secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, afirmaría que no existe conflicto de intereses ya que el Presidente de la Nación "no dirige, administra, representa, patrocina o asesora ni de cualquier forma presta servicios a la empresa AVIAN LINEAS AEREAS S.A.” y que “la hipótesis bajo análisis no es aplicable toda vez que está dirigida a regular situaciones en las que un funcionario: a) ha tenido intervención decisoria en la planificación, desarrollo y concreción de privatizaciones o concesiones de empresas o servicios públicos, y b) actuare en los entes o comisiones reguladoras de esas empresas o servicios, dentro de los tres (3) años inmediatamente posteriores a la última adjudicación en la que hayan participado.”

Que según el dictamen de la Sindicatura General de la Nación "La empresa no tiene actualmente vinculación societaria ni comercial alguna ni con el Presidente ni con su familia ni así tampoco con las empresas Socma Americana ni Sideco Americana".
Que según el artículo 15 de la Ley 25.188 en el caso de que al momento de su designación el funcionario se encuentre alcanzado por alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 13, deberá: a) Renunciar a tales actividades como condición previa para asumir el cargo. b) Abstenerse de tomar intervención, durante su gestión, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas o asuntos a los cuales estuvo vinculado en los últimos tres (3) años o tenga participación societaria.

Que el Fiscal Jorge Di Lello imputó al presidente Mauricio Macri; al Ministro de Transporte, Guillermo Dietrich; otros funcionarios del Ejecutivo; al empresario Franco Macri y a miembros de la línea aérea Avianca por la posible comisión de los delitos de "asociación ilícita, negociaciones incompatibles, defraudación contra la administración pública y tráfico de influencias", causa judicial que continúa abierta.

Que Avian es la empresa que se creó para continuar a MacAir, tras una operación de compraventa que tuvo como principal responsable a Germán Efromovich, CEO de la colombiana Avianca.

Que otro funcionario de alto rango del gobierno actual, Pablo Clusellas, secretario Legal y Técnico de la Presidencia, fue hasta no hace más de un año el apoderado legal de MacAir, y tuvo actuación además como representante legal de Avian en alguna gestión administrativa, incluso siendo ya funcionario.

Que Carlos Martín Cobas, quien hasta mediados de 2016 fue gerente de MacAir y en los registros de aportes a la seguridad social a la fecha de dicha publicación (26 de febrero) figuraba como empleado de Avian Líneas Aéreas, participó en las negociaciones para la redistribución de espacios para hangares en el Aeropuerto Jorge Newbery en el último verano, en su carácter de director de Logística de la Secretaría General de la Presidencia. 
Que Avian Líneas Aéreas S.A. podrá operar 16 rutas de cabotaje durante 15 años, entre ellas cuatro que tienen por destino a las ciudades de Santa Fe, Rosario, Reconquista y Sunchales en conexión con Buenos Aires (Aeroparque o Ezeiza)”.

La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la repartición que corresponda, solicite:
a) A la Oficina Anticorrupción dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación: las actuaciones completas y dictámenes correspondientes al expediente iniciado por el posible conflicto de intereses entre el Presidente de la Nación y/u otros funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional y la asignación de rutas áreas a la empresa Avian Líneas Aéreas Sociedad Anónima.

b) A la Sindicatura General de la Nación: las actuaciones completas y dictámenes correspondientes al expediente iniciado por el posible conflicto de intereses entre el Presidente de la Nación y/u otros funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional y la asignación de rutas áreas a la empresa Avian Líneas Aéreas Sociedad Anónima.

C) A la Fiscalía Nº 1 en lo Criminal y Correccional Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el estado de la investigación penal contra el presidente Mauricio Macri y otros funcionarios de su gobierno por la concesión de rutas aéreas a la empresa Avian Líneas Aéreas Sociedad Anónima.




Diario Digital Algo en Común. El diario de Rosario

Algo en Común surgió a través de un programa comunitario de radio, puesta en marcha el 4 de agosto de 1996 y durante 23 años perduró en el aire de Rosario, Argentina.

El 1º de febrero de 2012 fue la aparición del Diario Digital Algo en Común desde el blog https://radioalgoencomun.blogspot.com/ que aún sigue vigente.

Hoy gracias a la herramienta de internet se ha constituido el diario digital como uno de los medios alternativos con mayor alcance en América y Europa. El país con mayor presencia es Estados Unidos que supera el 60% de la cantidad de lectores que acompaña las ediciones del Diario Algo en Común. En el 2018 superó los 90 millones de visitas y al 1º de Febrero 2021 alcanzó los 137 millones desde su creación, llegando a cada lector y traducida en todos los idiomas a cualquier punto del mundo, posicionando a este medio entre uno de los destacados de latinoamérica.

La web de nuestro portal Digital Algo en Común

http://www.algoencomun.com.ar