Rosario/ Barrio Rucci.
Un degenerado
que viajaba en un colectivo del transporte urbano de pasajeros de la Línea 107
de la empresa Rosario Bus aprovechó que iba lleno y acosó a una menor de 14
años que esta agarrada de unos de los asientos, este quien viajaba en el medio
del pasillo la iba apoyando con sus genitales. Mientras la chica se sentía
acosado por el abusador se iba corriendo de lugar y el sujeto la seguía
continua con su ardid.
Un pasajero vio la acción lo
increpó y el resto de los pasajeros hicieron lo mismo mientras llamaban al 911,
el individuo intentó escapar pero fue retenido por la gente.
El personal policial se
hizo presente y el deleznable fue detenido, siendo identificado como Alberto
Grunine de 33 años quien fue trasladado a la comisaría 34ª por motivos de
jurisdicción quedando a disposición de la justicia. Mientras que la menor fue asistida
por el Centro de Asistencia a la Victima de Delitos Sexuales.
El
acoso sexual
El
acoso sexual es una de las manifestaciones de la violencia de género de mayor
crecimiento en los últimos años, que implica conductas de contenido sexual, de
carácter desagradable y ofensivo para la mujer que lo sufre. Las situaciones de
acoso sufridas en el transporte público son comportamientos absolutamente
reprochables y sancionados en el marco de dichas normas dentro del tipo de
violencia sexual que la incluye expresamente. Tales actos vejatorios, muchas
veces lamentablemente naturalizados, deben ser sancionados para evitar que se
vuelvan a repetir.
Cabe
destacar que como ciudadanos debemos considerar y concientizar sobre la
gravedad que implica un acto de tocamiento, roce o apoyo de manera lasciva en
el cuerpo de una mujer, gestos y comentarios con connotación sexual,
masturbación y fotografías y grabaciones del cuerpo no consentidas.
El
acoso sexual es violencia porque es una práctica no deseada, que genera un
impacto psicológico negativo en las personas, especialmente mujeres.
Violencia
de género
La
violencia de género tiene su marco normativo en la Argentina desde el año 2009
en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, cuyos objetivos –entre
otros– son la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos
los órdenes de la vida y el derecho de las mujeres a vivir una vida sin
violencia.
En
dicha ley se describen los distintos tipos: física, psicológica, sexual,
económica y patrimonial y simbólica. Cabe remarcar que la provincia de Santa Fe
adhiere a la misma mediante la promulgación de la ley 13.348.