El diputado provincial Fabián Palo Oliver presentó, en la
Legislatura, un pedido de informe relativo al Programa Equipar, instituido por
Ley Provincial n° 13.566 y destinado a dotar de maquinarias y herramientas a
municipios y comunas de la provincia, a bajo costo por volumen y con el
financiamiento correspondiente.
En dicha solicitud,
el legislador requiere información sobre diversos aspectos, a saber:
- Cantidad de
Municipios y Comunas incorporados al programa Equipar
- Detalle de
Municipios y Comunas que no se incorporaron al programa Equipar por falta de
cumplimiento de los requisitos exigidos y detalle de dichos requisitos.
- Detalle de
Municipios y Comunas que han afectado, con destino al Programa, una proporción
del Fondo para Obras Menores y Equipamiento, Ley Nº 12385 y modificatorias, que
les corresponden en el período de pago del préstamo.
- Detalle de
Equipos y Herramientas asignados a cada uno de los Municipios y Comunas de la
Provincia.
- Si el Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, conformó
la Comisión de Seguimiento establecido en el Artículo 10°) de la Ley 10.566
aprobada por este Poder Legislativo. En caso de que la respuesta sea negativa,
se solicita que se fundamente la omisión.
- Total de
Presupuesto Provincial comprometido en la ejecución del Programa.
- Detalle de las
adjudicaciones efectuadas de la Licitación Pública Nº 11/2016 y demás
contrataciones efectuadas.
- Fecha estimada de
entrega de maquinarias y herramientas a los Municipios y Comunas beneficiarios.
Al respecto, el
legislador entiende que “resulta importante conocer el nivel de cumplimiento de
objetivos de este programa que fuera oportunamente aprobado por la Legislatura.
No sabemos si se conformó la Comisión de Seguimiento y no están llegando los
informes sobre la marcha del programa. Desconocemos aspectos sustanciales de su
ejecución cuando no debería ser así”.
En este sentido,
Palo Oliver puntualizó: “Uno de los aspectos desconocidos por la Cámara de
Diputados, es si la distribución entre los Estados Locales de los bienes de uso
a adquirir es equitativa, y si la aprobación de las solicitudes tuvo en cuenta
aspectos objetivos de los solicitantes, como por ejemplo su capacidad de
endeudamiento. En esa misma línea está la necesidad de contar con la nómina de
Municipios y Comunas que no calificaron para obtener los beneficios del
Programa”.
Más adelante
expresó: “La ley que aprobó esta Cámara, significa un endeudamiento de mil
millones de pesos y, por lo tanto, corresponde el control legislativo que
constitucionalmente nos corresponde. Conocer si las contrataciones están dentro
del límite dispuesto por el primer artículo de la Ley 13566, forma parte de ese
contralor.
Por último,
aseguró: “Es parte de la eficacia de estos programas la participación de
legisladores en las comisiones de seguimiento, por lo tanto sería importante
saber si la Comisión de Seguimiento ha sido debidamente conformada y también,
de corresponder, los motivos que llevaron a su falta de conformación”.