Sector de un predio del ex Batallón 121 llevará el nombre de Héroes de Malvinas

A 35 años del conflicto bélico, donde Santa Fe como otras provincias acompañó a sus ciudadanos a luchar por la soberanía, creemos que el nombre “Héroes de Malvinas” es justo para rescatar la voluntad y patriotismo de los soldados que, concurriendo a una guerra atada a las aberraciones perpetradas por la dictadura, demostraron la valentía de los argentinos, como un signo ineludible del ideal y la misión que lleva más de 180 años: la recuperación definitiva del territorio.


Las Comisiones de Planeamiento y Urbanismo y de Gobierno, han tomado en consideración el Mensaje N° 20/17 S.P., con Anteproyecto de Ordenanza por medio del cual se crea el “Parque Héroes de Malvinas” en el sector B del Parque Público, según Artículo 5.2. de  la Ordenanza Nº 9.027, ubicado en el ex Batallón de Comunicaciones 121, el cual expresa:

“Visto: Que la ciudad de Rosario ha incorporado a través de la Ordenanza Nº 9.027 un nuevo Parque Público ubicado en el ex–Batallón de Comunicaciones 121; y  
Considerando: Que, desde la toma de posesión del Gobierno de Santa Fe de las tierras del Ejército Argentino en 2012, la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Rosario diseñó un Plan Especial de Reordenamiento Urbanístico dentro del Plan Urbano 2007 – 2017, donde se definen las obras primordiales de cada Distrito sumando a las instituciones y los vecinos de la zona a los proyectos.
 
Que, el sistema de nomenclatura y numeración urbana empleado en nuestra ciudad en calles, avenidas, bulevares y espacios públicos se caracteriza, mayoritariamente, por la utilización de nombres y fechas de relevancia histórica ligadas con hechos, sucesos, sujetos u objetos de nuestra historia nacional, provincial y local que hacen a nuestra identidad. Es a través de la denominación de calles, avenidas, paseo públicos y monumentos que la comunidad se representa y permite a futuras generaciones acceder a la memoria.  

Que, en ese sentido, vemos oportuno que una fracción del Parque Público sea señalada en homenaje a los argentinos que fueron protagonistas de la historia argentina y combatieron por la soberanía de las Islas Malvinas en 1982.

Que, a 35 años del conflicto bélico, donde Santa Fe como otras provincias acompañó a sus ciudadanos a luchar por la soberanía, creemos que el nombre “Héroes de Malvinas” es justo para rescatar la voluntad y patriotismo de los soldados que, concurriendo a una guerra atada a las aberraciones perpetradas por la dictadura, demostraron la valentía de los argentinos, como un signo ineludible del ideal y la misión que lleva más de 180 años: la recuperación definitiva del territorio.

Que, el rol histórico de los soldados que partieron desde la ciudad de Rosario y combatieron en la guerra merece a nuestro entender convertirse hoy en un homenaje y un símbolo para que los habitantes de la ciudad identifiquen, valoren y reivindiquen el sacrificio que en nombre de todos los argentinos por la soberanía argentina como ideal colectivo. 

Que, los motivos de las monumentalizaciones –sea el monumento un elemento construido o un nombre– se originan en la voluntad de conservar esos valores a futuro para ser compartidos y deseados”. 

Por lo expuesto, estas Comisiones solicitan la aprobación del siguiente proyecto de:

ORDENANZA
Artículo 1º: Desígnese con el nombre “PARQUE HÉROES DE MALVINAS” a una fracción del área denominada “Sector b Parque Público” según el Artículo 5.2 de la Ordenanza Nº 9.027, delimitada por: Línea Municipal Sur del Pasaje Benito Juárez al Norte; Línea Municipal Oeste de la Av. Ayacucho al Este; Línea Municipal Norte de la prolongación de calle Juan María Gutiérrez al Sur, creado por Artículo 4.4 de la Ordenanza Nº 9.027 y Línea Municipal Este de la calle Juan Manuel de Rosas al Oeste. Déjase establecido que la superficie definitiva de dicho parque se ajustará al Plano de Mesura correspondiente.

Art. 2º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que se coloque en el lugar la señalética por intermedio de la repartición municipal que correspondiere.

Art. 3º: Comuníquese con sus considerandos, etc.   

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