7 años sin un registro y un control de patovicas

Queremos que la Municipalidad aplique la Ordenanza 8522 sobre Personal de Control de Admisión y Permanencia (ACAP) que está en vigencia desde el 2010”.
El joven agredido este fin de semana en La Fluvial por patovicas. La víctima, Mateo denunció que los patovicas lo sacaron del sector Vip a los golpes.

Así se expresó el concejal Diego Giuliano, presidente de la Comisión de Seguridad, quien, tras la noticia de la fuerte golpiza que recibió un joven en el salón VIP de un boliche ubicado en el Complejo La Fluvial el domingo a la madrugada, presentó un pedido de informe para conocer si los agentes de control y admisión que cumplirían funciones en el local están autorizados por la Municipalidad e inscriptos en el padrón único de ACAP (Agentes de Control de Admisión y Permanencia).
“Seguimos de cerca la falta de aplicación de una ordenanza, la 8522  que tiene 7 años y que regula al personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general. Vemos que se repiten hechos de violencia hacia jóvenes en los boliches por personal que no sabemos si está autorizado para realizar la actividad de control de admisión”, indicó Giuliano.
“Es el tercer pedido de informe que presentamos para conocer si la Ordenanza está operativa. Es lamentable que no hayamos tenido respuesta no sólo para garantizar seguridad a toda persona que concurra a cualquier boliche sino también para el mismo personal de ACAP que reclama estar mejor organizado y más controlado para que no recaiga en ellos las conductas irregulares que pueda tener personal que funciona como patovica pero no está autorizado para realizar esa función”, manifestó el edil.
“La actividad termina siendo tan irregular que no se cumplen con disposiciones fundamentales como los cursos de capacitación o la identificación del personal y no vemos que la Municipalidad cumpla o tenga la voluntad de cumplir con  el control del personal y con la creación de un padrón único público que registre a aquellas personas habilitadas que han sido previamente evaluadas con una cantidad de requisitos para funcionar como personal de control de admisión y permanencia.” 
Para cumplir con dicha función no se debe pertenecer a las fuerzas policiales, se exige realizar cursos de primeros auxilios y derechos humanos y estar inscriptos en el Registro Municipal. A su vez, ese registro debe estar publicado en la página web de la Municipalidad. Los resultados de la falta de control y de registros están a la vista. En este caso, un joven fue golpeado por ¨Agentes de Control de Admisión¨ de un boliche. Según lo denunciado, los Agentes parecen haber desconocido el protocolo de actuación del personal de ACAP y haberse abusado de una situación que terminó de la peor manera, a los golpes”, concluyó Giuliano.
Los 3 pedidos de informes presentados y Ordenanza Nº 8522 y sus modificaciones.
7 de septiembre del 2015
23 de noviembre del 2016
Miércoles 19 de mayo del 2017
Ordenanza 8522
  ordenanza_8522.pdf    

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