Iniciativa de la Senadora Nacional M. de los Ángeles Sacnun.
Un proyecto de Ley para declarar “el estado de emergencia climatológica, hídrica, vial, agropecuaria, productiva y socio-sanitaria, a las zonas de la Provincia de Santa Fe afectadas como consecuencia de las severas lluvias y crecidas de los ríos y afluentes por el plazo de un año, prorrogable por igual periodo”, fue puesto a consideración de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado de la Nación.
La autora y promotora de la iniciativa es la Senadora Nacional de la provincia de Santa Fe María de los Ángeles Sacnun quien, en un tramo de los fundamentos, destaca: “Se hace imperiosa la necesidad de inmediata asistencia del Estado Nacional con medidas de emergencia, a la que debe sumarse la ejecución de obras de planificación a fin de sacar a nuestra provincia de la crisis hídrica que actualmente atraviesa”.
Es el único proyecto puesto a consideración que incluye a la provincia de Santa Fe contemplando las necesidades a lo largo y a lo ancho del territorio, apuntando la demanda de cada distrito con las obras que tengan su proyecto aprobado y/o en gestión.
También se puso especial acento en la conectividad de cada uno de los pueblos y en las áreas socio-sanitarias y socio-productivas, que se ven seriamente afectadas en la provincia de Santa Fe. Entre otros ítems el articulado destaca la libre circulación de bienes y personas; la salubridad de las poblaciones; la preservación de cascos urbanos y zonas productivas; y en uno de los anexos detalla las obras aprobadas y no ejecutadas. (ver Anexo en texto del Proyecto de ley).
Sacnun comentó que su proyecto de ley tiene un carácter integral y busca abarcar todos los aspectos de la emergencia climática, destacando que “la primera medida es la aplicación de esta norma en materia de tarifas de los servicios públicos, tanto de carácter nacional como locales, razón por la cual se invita a la provincia a adherir a la ley”.
También se busca instaurar incentivos concretos a los sectores productivos damnificados. Estos son los sectores productivos, industriales, las Pymes, los comercios y toda la cadena productiva agroindustrial por el término de un año por medio de créditos blandos y financiación de impuestos, así como otras medidas concretas de inversión en materia de obras públicas aplicables al caso concreto.
“Se busca proteger a familias que han perdido sus viviendas y a la salubridad de toda la población urbana y rural por medio de la baja de las napas. Finalmente, y en un punto que considero neurálgico, se encomienda enérgicamente al Poder Ejecutivo la realización de las Obras Públicas correspondientes que se detallan con carácter enunciativo y de las acciones positivas que aseguren una calidad de vida digna para todo el pueblo santafesino”, apunta Sacnun.
Por último la Senadora Nacional Sacnun describió que “en la mayor parte de la provincia es similar la situación de emergencia, lo que se puede resumir en pueblos y ciudades con riesgo cierto de padecer nuevas inundaciones, campos inundados, napas freáticas altas, canales desbordados, trasvasamientos de cuencas, canales clandestinos y por sobre todo la red vial destruida, tanto rutas provinciales, nacionales, como caminos comunales que tornan muy difícil circular teniendo que hacer en muchos casos muchos kilómetros adicionales debido al corte de los caminos”.
DECLARACION DE
EMERGENCIA CLIMATOLOGICA, HÍDRICA, VIAL, AGROPRECUARIA, PRODUCTIVA Y SOCIO
SANITARIA EN LA PROVINCIA
DE SANTA FE
Capítulo
I
Declaración
Artículo 1°.-
Declárase el estado de emergencia climatológica, hídrica, vial, agropecuaria,
productiva y socio sanitaria a las zonas de la
Provincia de Santa Fe afectadas como consecuencia de
las severas lluvias y crecidas de los ríos y afluentes por el plazo de un (1)
año, prorrogable por igual periodo.
Facúltese al Poder Ejecutivo Nacional a
determinar las zonas geográficas establecidas en el párrafo anterior.
Capítulo
II
Tarifas
de Servicios Públicos
Artículo 2º.-
La emergencia declarada se aplicará en materia de tarifas de los servicios
públicos, por el plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la entrada en
vigencia de la presente ley.
Artículo 3º.-
A los fines propuestos en el artículo 1º, suspéndanse los aumentos de tarifas
de los servicios públicos en las localidades y regiones productivas de toda
índole de las provincias afectadas.
Artículo 4º.- El alcance de la emergencia se
extiende a tarifas eléctricas, de agua potable y cloacas, gas natural y
telefonía.
Artículo 5º.-
Las prestatarias de servicios públicos no podrán trasladar a los usuarios no
incluidos en el artículo 1° el costo del beneficio establecido por la presente
ley.
Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo Nacional dispondrá la
ampliación de las líneas de créditos dentro del programa PROCREAR o el que en
su futuro lo reemplace, a fin de que los damnificados en centros urbanos tengan
acceso al financiamiento necesario para la reconstrucción de la vivienda
familiar única.
Artículo 7°.- El financiamiento está destinado
exclusivamente para la reconstrucción o refacción de vivienda única, familiar y
de ocupación permanente de las personas afectadas por la catástrofe climática,
cuya situación haya sido verificada ante la Administración Nacional
de la Seguridad
Social.
Capítulo
III
Beneficios
a actores productivos, sectores industriales, PyMes y Comercios
Artículo 8º.- Créanse
incentivos a la producción, promoción de actividades correspondientes al sector
industrial, agropecuario, Pymes y comercial por el término de un (1) año,
prorrogable por otro periodo, para la Provincia de Santa Fe.
El Poder
Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes otorgará líneas de
créditos blandos y condonación, postergación y/o suspensión de deudas fiscales
para los sectores productivos comprometidos, de conformidad a la
instrumentación que se haga del presente artículo.
Facúltese al
Poder Ejecutivo Nacional a implementar los incentivos y a girar las partidas
correspondientes a los fines de subsanar los daños ocasionados y dar inicio a
las obras de infraestructura necesarias, garantizando los derechos de los
ciudadanos, la producción en general, la industria, el comercio y el transporte,
de conformidad con las particularidades de las zonas geográficas afectadas,
teniendo por objetivo garantizar el desarrollo y sostenimiento de la industria
nacional, el mantenimiento de las fuentes de trabajo, garantizar la exportación
de materias primas y productos con valor agregado y la sustentabilidad de los
comercios minoristas.
Artículo 9º.- Los beneficios serán concedidos de manera
automática, al corroborarse el cumplimiento de los requisitos objetivos que
acrediten la condición de damnificado, a través de mecanismos simples e
informáticos.
Capítulo
IV
Plan
de Emergencia de Obras y Servicios
Financiación,
puesta en ejecución y realización de obras públicas
Programa
de Contingencia en Circulación
Artículo 10.-
Autorícese al Poder Ejecutivo Nacional a asistir económicamente en forma
urgente a la provincia afectada para la ejecución de acciones y obras públicas
que se detallan en el Anexo I, tendientes a paliar los efectos de los
fenómenos naturales acontecidos.
El mismo tiene
carácter meramente enunciativo, pudiendo ampliarse o modificarse las obras y
acciones en el previsto.
Deberán
priorizarse las medidas tendientes a garantizar los siguientes objetivos:
a)
Libre
circulación de bienes y personas. Será deber del Programa de
Contingencia garantizar la libre circulación de personas y bienes en todo el
territorio de la provincia, debiendo la Nación brindar el apoyo, logística y
financiamiento para la restauración de caminos rurales, caminos urbanos, y
rutas provinciales y nacionales que padezcan situaciones de aislamiento o
restricción de accesos.
Con relación a caminos y rutas
interjurisdiccionales y nacionales, será la Dirección Nacional
de Vialidad la encargada de ejecutar medidas paliativas y obras definitivas
para evitar el aislamiento de las localidades garantizando la conectividad y
mantenimiento de la capacidad exportadora de la Provincia.
b)
Salubridad
de las poblaciones. Se financiarán obras con el fin de evitar la
sobreelevación de las napas, ya sea implementando bombas de achique,
construcción de red de desagües y/o todas aquellas medidas que las autoridades
locales tengan planificadas para evitar el colapso de las mismas.
c)
Preservación
de cascos urbanos y zonas productivas de
la Provincia
de Santa Fe. Se financiaran los sistemas de bombeo necesarios sin
perjuicio de las obras de canalización (canales por gravedad, niveladores y
retardadores, entre otros,), la reparación y mejoras de caminos rurales y rutas
provinciales y nacionales, como así también los accesos a las localidades
garantizando que no se vulnere la conectividad y libre circulación de los habitantes.
Artículo 11.-
El Poder Ejecutivo Nacional deberá brindar financiación adecuada a la Provincia y Municipios
declarados en situación de emergencia y establecerá un programa de obras cuya
ejecución será prioritaria para paliar los efectos de la emergencia.
Se asignará
una partida de $ 5.000.000.000. (pesos cinco mil millones) en una primer etapa,
destinada a los fines del cumplimiento de la presente Ley.
La presente
partida se ampliará conforme las resultas de la ejecución de las obras
procediendo a incorporar aquellas que surjan de los proyectos pendientes de
aprobación y en su caso de la elaboración de informes técnicos que sustentarán
la realización de los mismos.
Las obras
previstas en el Presupuesto General de la Administración para
el año en curso deberán ser ejecutadas de acuerdo a un cronograma de
prioridades que contemplen los lineamientos generales de la presente ley.
Para la
iniciación de obras públicas nuevas o excepcionales cuya causa sea la
emergencia, deberán reasignarse las partidas presupuestarias correspondientes,
siguiendo los pasos legales y administrativos correspondientes; imputándose las
partidas correspondientes al Ministerio del Interior, Obras y Servicios
Públicos.
Los fondos o
partidas que se destinen a estos efectos serán depositados en las cuentas
correspondientes de las entidades financieras pertinentes de cada sujeto
interviniente.
Cuando se
trate de una obra o acción de jurisdicción provincial los fondos se otorgarán a
la Provincia.
Cuando se
trate de una obra o acción de jurisdicción municipal o comunal los fondos se
girarán directamente a los Municipios y/o Comunas involucrados.
Capítulo
IV
Disposiciones
Complementarias y/o transitorias
Artículo 12.-
Autorícese al Poder Ejecutivo Nacional a realizar las adecuaciones
presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 13.-
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo que corresponda, arbitrará
los medios necesarios a fin de dar inmediato cumplimiento a lo normado
precedentemente.
Artículo 14-
El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley dentro del plazo de
TREINTA (30) días, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 15.-
Invítese a la Provincia
de Santa Fe a adherir a la presente en todo lo que corresponda.
Artículo 16.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-
ANEXO
I
El contenido del presente anexo es enunciativo.
Obras aprobadas y no ejecutadas en la Provincia de Santa Fe
CUENCA LA
PICASA Y ALTERNATIVA NORTE:
·
CANAL POR GRAVEDAD
DE DESAGÜE LAGUNA LA
PICASA (Con Proyecto aprobado), Adecuación de vertederos,
reservorios 2 y 3, obras de regulación y canal alternativo. SF/C $22.000.000.
·
CANALES COLECTORES PERIMETRALES DE RUFINO (Con
Proyecto aprobado) SF $4.000.000 –estimado-.
·
CANALES COLECTORES PERIMETRALES FIRMAT.
·
SISTEMATIZACIÓN
LA SALAMANCA
(Con Proyecto aprobado)
·
CANAL PAYSANDU (Con Proyecto aprobado) $4.000.000
–estimado-.
·
ALIVIADOR FERROCARRIL
AMENÁBAR (Con Proyecto aprobado) $0,6
MILLONES–estimado-.
·
ALCANTARILLA CANAL NORTE DE 6m DE ANCHO POR 2m DE ALTO
PARA REEMPLAZAR LAS DE EMERGENCIA (proyecto a aprobar), LAS 5 ALCANTARILLAS DEL
CANAL SUR (con proyecto aprobado en 2009) COLOCANDO EN LA PRIMERA COMPUERTAS
Y UNA BOMBA PARA AGILIZAR SALIDA DE AGUA DE MARIA TERESA.
·
AMPLIACIÓN DEL CANAL A CIELO CERRADO DE CALLE 5 DE MARIA
TERESA (proyecto a aprobar)
·
TERMINOS DE
REFERENCIA SUB CUENCA LA CALMA-AMENABAR SF
en estudio.
·
TERMINOS DE REFERENCIA LAGUNARES MARIA TERESA
·
OBRAS DE REGULACION CANAL ALTERNATIVO NORTE
·
RUTA NACIONAL N.7: MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO DE
CIRCULACIÓN.
·
CAMINO FIRMAT-SAN JOSE DE LA ESQUINA , PAVIMENTACIÓN,
ELEVACIÓN DE LOS BAJOS, CANALIZACIÓN Y ALCANTARILLADO.
ROSARIO - SAN LORENZO – CASEROS:
·
ARROYO SAN LORENZO. DRAGADO Y ADECUACION DE PUENTES Y
ALCANTARILLAS (Área Metropolitana Rosario).
·
CANAL SALVAT, Aº IBARLUCEA, Aº LUDUEÑA. Dragado.
Sistematización. Adecuación de puentes y alcantarillas (Anteproyecto SRHN).
Área Metropolitana Rosario.
GENERAL LÓPEZ-CASEROS:
·
CAÑADA LOS BARRILES (Con Proyecto) $12.000.000.
·
CANAL LA
CHISPA – GODEKEN (Con Proyecto) $16.000.000.
·
CANAL EL CANTOR – CHAÑAR LADEADO (Con Proyecto)
$4.000.000.
·
SISTEMA AGATARURA (en ejecución) $15.000.000.
CANAL VILA-CULULÚ
·
DRAGADO DE LOS ULTIMOS 10 km HASTA SU DESEMBOCADURA
EN AºCULULÚ
·
LIMPIEZA CON EXCAVADORA BRAZO LARGO
·
RESTITUCIÓN DE SECCION PUENTES FC Y RN 34 .
Sistematización total de la Cuenca
LteCda-Río Salado –en estudio- estimado con puentes
ferroviarios y viales $ 150.000.000.
CUENCA CALAVERAS – LAS PENQUITAS:
·
Proyecto solicitado aliviador del Vila-Cululú.
CUENCA LAS PRUSIANAS:
·
Proyecto Solicitado.
CANAL LA
MANUELITA :
·
EJECUCIÓN DE OBRAS
DEL SECUNDARIO Y TERCIARIO (Con Proyecto Aprobado)
·
DESAGUES URBANOS SUNCHALES: ALTERNATIVA DESAGUES
SECTOR NOROESTE Y ADECUACIÓN COMPUERTAS. Desagües urbanos de Sunchales: Adecuación
sistema Aº La Maravita.
·
SAN CRISTOBAL – CANAL DE LA FERIA : DRAGADO Y OBRAS (C./Proyecto)
·
CAÑADA CAPIVARA – AUXILIAR (En Ejecución)
·
CANAL SECUNDARIO CAPIVARA (Con Proyecto Aprobado)
·
PUENTE RUTA 4. ADECUACION. (Con Proyecto Aprobado)
·
PUENTE RUTA 13.- RESTITUCION DE SECCION (Pedido
Reiterado)
·
PUENTE RUTA 92S .- REEMPLAZO
·
TERMINOS DE REFERENCIA CANAL LAS VIZCACHERAS
·
TERMINOS DE REFERENCIA CUENCA ARROYO LAS CONCHAS.-
·
MELINCUÉ:
Canal Nivelador de 24 km de extensión pedido en
enero 2017 (en estudio).
Refuerzo y ampliación de
estación de bombeo.
·
CORONDA: Adecuación de
caminos y rutas. Asistencia a productores.
·
CUENCA RIO CORONDA-
A.COLASTINE-LOS PADRES-MONJE: Plan Director de Cuencas. Proyecto Solicitado.
·
CUENCA CANAL CARRIZALES:
Adecuación Cuenca Alta. Con proyecto.
·
CUENCA LAS TURBIAS: Proyecto
Solicitado.
·
CUENCA LAS ENCADENADAS:
Obras previstas para mitigar efectos provocados por las inundaciones.
·
CUENCA
RIO CARCARAÑA.-TORTUGAS- CANAL SAN ANTONIO: Defensa Tortugas.-Obras Hídricas
Oliveros.- Nuevos puentes carreteros en RN9 y otras.- Plan director de la
cuenca.- Desembocadura.- Sin Proyecto.- DEBE SER EJECUTADO ANTES QUE LAS OBRAS
DEL CANAL SAN ANTONIO.- Estimados $600m.
- Realizado
el punto previo, se efectuará la obra del A.
TORTUGAS- CANAL SAN ANTONIO que cuenta con proyecto aprobado. Desde Puerto
Gaboto a Tortugas.
-
En igual sentido, realizada la obra del Río Carcarañá, se procederá a la obra
del TRASVASADOR AREQUITO. Con Proyecto.-
·
CANAL
LAS ESTACAS-CHUPINO.- Con proyecto.- $36m
·
CUENCA
BAJOS SUBMERIDIONALES.- Plan Director. Retención Cañada Las Viboras.- Sin
Proyecto.- Comité de Cuenca casi inactivo.-
·
CANAL
DERIVADOR SUR RP35. Con proyecto.- Sin det. Costos.-
·
CANAL
DERIVADOR NORTE RP35.- Con proyecto. Sin det. Costos.-
·
Obras aprobadas
oportunamente, propuestas por los respectivos Comités de Cuenca de la Provincia de Santa Fe.
·
Medidas específicas en
localidades afectadas: DIEGO DE ALVEAR, MARIA TERESA, MAGGIOLO, TEODELINA, VILLA
CAÑAS, CHOVET, MELINCUE y todas aquellas que surjan en un futuro.
·
GENERAL GELLI: Reparación y
elevación del Puente Lte. Interprovincial sobre Ruta Provincial Santafecina
Numero 22-s y cno 081-91, pavimentación del acceso a la localidad
·
ZONAS PRODUCTIVA (GANADERÍA,
LECHERÍA, AGRICULTURA, ALGODÓN, FRUTILLA, ETC. DE TODA LA PROVINCIA DE SANTA FE) Mejoramiento
de caminos rurales, y rutas provinciales y nacionales que permitan el tránsito
de mercadería y materias primas. Circularización de bienes y comercio.
·
Mitigación de daños ciertos
provocados en todos los Departamentos de la
Provincia de Santa Fe.
·
Medidas sobre localidades
urbanas y productivas con el objeto de evitar la sobreelevación de las napas
freáticas.
·
Todas aquellas obras públicas tendientes a evitar
futuros daños y medidas de acción directa que impliquen mitigar los efectos
devastadores de las inundaciones y continuas precipitaciones existentes o a
provocarse en un futuro por las mismas causas.
FUNDAMENTOS
Señora
Presidenta:
El fantasma de
la vuelta a abril de 2016 acecha nuevamente a toda mi provincia.
La zona de la
pampa húmeda, el norte, centro y otras
regiones dedicadas a economías regionales se han visto seriamente comprometida
desde las precipitaciones que se vienen produciendo hace semanas.
Desde las
cosechas de granos en la pampa húmeda, a toda la región conocida como la Cuenca Lechera del
centro norte y oeste provincial, donde
las pasturas se han perdido, como así también la producción de frutillas en
Coronda, la ganadería, la región algodonera, etc., se ven fuertemente afectadas
en los últimos tiempos. A esto se suma la complicada situación de la lechería,
con la fuerte caída de los precios internacionales, lo que me ha llevado a ocuparme
especialmente el año pasado presentando un proyecto de ley integral, cuyo
tratamiento impulso desde mi banca en la actualidad.
No puedo dejar
de mencionar que la
Provincia que represento es la segunda provincia exportadora
de nuestro país, no solo de productos primarios sino de productos con valor agregado.
La importancia y pujanza que la producción santafesina ha tenido a lo largo de
la historia en la economía de nuestro país dan cuenta de la importancia
productiva de la región que impacta en la economía nacional.
Por lo que ver
hoy día rutas anegadas, como la Ruta
Nacional Número 7, entre otras,-situación que impide el libre
transito hacía el Océano Pacífico-, tambos que deben dejar de producir por la
imposibilidad de transportar su producción al igual que los productores de
grano imposibilitados de transportar la cosecha por el estado de los caminos
rurales, los pequeños productores de algodón quienes no pueden cosechar sus
cultivos, advertir el freno de la capacidad de compra en las grandes ciudades
debido al impacto negativo de las campañas de granos, lo que junto a las
consecuencias del modelo económico imperante se cristaliza en comercios que
cierran sus puertas, fábricas que quiebran, trabajadores que son suspendidos o
se quedan sin su fuente de trabajo; a lo que se agrega localidades aisladas, pueblos
cuyas calles parecen ríos y familias desesperadas por el temor de poder llegar
a perderlo todo, es lo que me lleva a exigir que el Estado se haga presente.
Se hace imperiosa la necesidad de inmediata asistencia
del Estado Nacional con medidas de emergencia, a la que debe sumarse la
ejecución de obras de planificación a fin de sacar a nuestra provincia de la
crisis hídrica que actualmente atraviesa.
Según detallan
especialistas la cosecha de soja viene
retrasada en 20 puntos respecto de lo que indican los promedios de años
anteriores. En cifras son 4,5 millones de hectáreas que faltan por recolectar
de la oleaginosa, entre el 60% que falta de soja de primera y el total de la de
segunda.
El Instituto
de Clima y Agua del INTA alertó sobre la alta probabilidad de que ocurran
lluvias por encima de lo normal a partir de julio. El patrón medio de los
últimos 100 años muestra que no hay una tendencia climática marcada sino, más
bien, una gran variabilidad que se intensificó en los últimos años. En este
marco de incertidumbre, desde el Instituto de Clima y Agua del INTA aseguran
que los modelos coinciden en la alta probabilidad de que ocurran lluvias por
encima de lo normal a partir de julio.
Sabido es que
el clima viene castigando con dureza a la producción y amenaza continuar
haciéndolo: hay posibilidades de un fenómeno Niño en lo que resta del año.
Por diversas
causas endógenas y exógenas, que escapan a la presente, la Provincia de Santa Fe en
su conjunto ha sido severamente castigada por
abundantes lluvias.
Aparte de la
necesidad de plantear una verdadera política de uso racional del recurso suelo,
considero vital que las obras de infraestructura a nivel interjurisdiccional
sean consensuadas y puestas en ejecución con la adecuada financiación y
planificación de todos los actores involucrados, sin perjuicio del dominio
originario del recurso.
En medidas de
emergencia, donde las estadísticas prevén la pérdida de una gran porción de la
producción y afectación a las poblaciones por subida de las napas e inundaciones,
se requiere frenar urgentemente esta crecida del agua y organizar desde el
Estado medidas concretas como han realizado países vecinos, por caso la
administración de Rafael Correa en Ecuador.
A continuación
se hará una breve descripción de algunas zonas críticas donde las inundaciones
han producido severos daños, para luego analizar la medida legislativa que se
propone en el presente proyecto.
El caso emblemático es el de la Laguna La Picasa, un problema
muy importante al que hay que sumar otros
que tiene el Departamento General López y la provincia en general.
Es por esto
que desde mi gestión en el Senado de la Nación vengo incansablemente realizando tareas
para lograr un canal nivelador y mejorar las condiciones de tránsito en la Ruta Nacional N°7
que ya ha estado reiteradas veces cortada, con todo el impacto social,
económico, vial y productivo que implica este aislamiento.
Para mejor
ilustración se acompañan dos fotografías de la Ruta N °7 tomadas el martes
11 de abril y el jueves 13 de abril del
presente año.
En otro orden, y como expresara
anteriormente, el sector lácteo argentino se encuentra en una grave
crisis generada tanto por cuestiones estructurales de la cadena como por la
coyuntura internacional, la cual con una menor demanda y precios deprimidos
genera un exceso de oferta, sumada a los
problemas climáticos y de
infraestructura, caminos rurales y falta de tecnología acorde, que agravan la situación del sector.
Los precios
internacionales presentan alta volatilidad en ciclos relativamente cortos de
dos a tres años en promedio. En Argentina, el 25% de la producción de leche
tiene como destino la exportación. Desde el sector primario se aduce que las
caídas internacionales del precio se reflejan en menores precios al productor,
mientras que los aumentos no se reflejan en la misma proporción en los precios
pagados por la industria.
A esta
realidad se le suma el aspecto coyuntural definido por este proyecto de ley
debido a las lluvias excesivas que se dieron en los últimos meses y generaron
importantes complicaciones a la producción tambera de gran parte del país; en
especial de la Cuenca
Lechera de mi Provincia.
En la localidad de Melincué los vecinos de la ciudad están viviendo momentos
realmente desesperantes. Cedió parte del terraplén ubicado sobre la ruta 90, a metros del acceso a la
localidad e ingresó abundante agua en el ejido urbano. La Ruta Provincial N° 90 actualmente se encuentra cortada. A modo de ejemplo podemos
citar al casino que fue emplazado en ese humedal con el fin de dar un
espaldarazo turístico a la región, y que constituye una de las herramientas
económicas que motoriza a la población, el que se halla cerrado hace varios
días con viviendas familiares que ya se encuentran en forma inminente con
riesgo de afectación por la crecida de las aguas.
El Comité de
Cuenca Las Encadenadas que abarca una amplia zona del sur provincial viene
requiriendo la ejecución de obras que eviten innundaciones en los cascos
urbanos y que permitan devolver a la producción miles de hectáreas producidas
afectadas.
En Coronda, a causa de la altura elevada del
río Coronda (limitante al Este de la ciudad), de los arroyos Colastiné y
Matadero (limitantes Sur y Norte respectivamente) y del agua proveniente de
campos y cuenca del Colastiné y cercanas (limitantes al Oeste), se vio afectada
en un gran porcentaje de las zonas rurales y productivas con su consecuente
impacto económico estimado en $104.043.000.
Se deja
presente que las presentes localidades mencionadas son al solo efecto
ejemplificativo, ya que las zonas inundadas van variando minuto a minuto y las
necesidades de los distintos pueblos y ciudades aumentan correlativamente con
las mayores precipitaciones, tal como se deja establecido en el Anexo I.
Razón por la
cual, no se hace una enumeración taxativa de las zonas en emergencia.
Como se ha
dicho previamente, el presente declara el estado de emergencia climatológica,
hídrica, vial, agropecuaria, productiva y socio-económica a las zonas de la
Provincia de Santa Fe afectadas como consecuencia de
las severas lluvias y crecidas de los ríos y afluentes, por el plazo de un (1)
año, prorrogable por igual período.
El proyecto
tiene un carácter integral y busca abarcar todos los aspectos de la emergencia
climática.
En efecto, la
primera medida es la aplicación de esta norma en materia de tarifas de los
servicios públicos, tanto de carácter nacional como locales, razón por la cual
se invita a la provincia a adherir a la ley.
En otro orden
de ideas, se busca a través del presente instaurar incentivos concretos a los
sectores productivos damnificados. Estos son los sectores productivos, industriales,
las Pymes, los comercios y toda la cadena productiva agroindustrial por el
término de un año a por medio de créditos blandos y financiación de impuestos,
así como otras medidas concretas de inversión en materia de obras públicas aplicables
al caso concreto.
Se busca
proteger a familias que han perdido sus viviendas y a la salubridad de toda la
población urbana y rural por medio de la baja de las napas.
Finalmente, y
en un punto que considero neurálgico, se encomienda enérgicamente al Poder
Ejecutivo la realización de las Obras Públicas correspondientes que se detallan
en el ANEXO I (con carácter enunciativo) y de las acciones positivas que
aseguren una calidad de vida digna para todo el pueblo santafesino.
En la mayor parte de la provincia es similar la situación
de emergencia, lo que se puede resumir en pueblos y ciudades con riesgo cierto
de padecer nuevas inundaciones, campos inundados, napas freáticas altas,
canales desbordados, trasvasamientos de cuencas, canales clandestinos y por
sobre todo la red vial destruida, tanto rutas provinciales, nacionales, como
caminos comunales que tornan muy difícil circular teniendo que hacer en muchos
casos muchos kilómetros adicionales debido al corte de los caminos.
Es por las
razones expuestas, que acompañé y pedí tratamiento en sesión especial para el
próximo 19 de abril de la situación de emergencia que atraviesa el país y mi
provincia en particular, considerando que el trabajo mancomunado y el
compromiso del Estado Nacional mediante la adjudicación de recursos concretos
girados a las provincias, municipios y comunas a fin de que se ejecuten las
obras necesarias son indispensables para lograr una solución de fondo, es que
solicito a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto de ley.