Piden declarar emergencia hídrica socio-productiva en Santa Fe

Iniciativa de la Senadora Nacional M. de los Ángeles Sacnun.

Un proyecto de Ley para declarar “el estado de emergencia climatológica, hídrica, vial, agropecuaria, productiva y socio-sanitaria, a las zonas de la Provincia de Santa Fe afectadas como consecuencia de las severas lluvias y crecidas de los ríos y afluentes por el plazo de un año, prorrogable por igual periodo”, fue puesto a consideración de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado de la Nación.


La autora y promotora de la iniciativa es la Senadora Nacional de la provincia de Santa Fe María de los Ángeles Sacnun quien, en un tramo de los fundamentos, destaca: “Se hace imperiosa la necesidad de inmediata asistencia del Estado Nacional con medidas de emergencia, a la que debe sumarse la ejecución de obras de planificación a fin de sacar a nuestra provincia de la crisis hídrica que actualmente atraviesa”.

Es el único proyecto puesto a consideración que incluye a la provincia de Santa Fe contemplando las necesidades a lo largo y a lo ancho del territorio, apuntando la demanda de cada distrito con las obras que tengan su proyecto aprobado y/o en gestión.
También se puso especial  acento en la conectividad de cada uno de los pueblos y en las áreas socio-sanitarias y socio-productivas, que se ven seriamente afectadas en la provincia de Santa Fe. Entre otros ítems el articulado destaca la libre circulación de bienes y personas; la salubridad de las poblaciones; la preservación de cascos urbanos y zonas productivas; y en uno de los anexos detalla las obras aprobadas y no ejecutadas. (ver Anexo en texto del Proyecto de ley).

Sacnun comentó que su proyecto de ley tiene un carácter integral y busca abarcar todos los aspectos de la emergencia climática, destacando que “la primera medida es la aplicación de esta norma en materia de tarifas de los servicios públicos, tanto de carácter nacional como locales, razón por la cual se invita a la provincia a adherir a la ley”.

También se busca instaurar incentivos concretos a los sectores productivos damnificados. Estos son los sectores productivos, industriales, las Pymes, los comercios y toda la cadena productiva agroindustrial por el término de un año por medio de créditos blandos y financiación de impuestos, así como otras medidas concretas de inversión en materia de obras públicas aplicables al caso concreto.

“Se busca proteger a familias que han perdido sus viviendas y a la salubridad de toda la población urbana y rural por medio de la baja de las napas. Finalmente, y en un punto que considero neurálgico, se encomienda enérgicamente al Poder Ejecutivo la realización de las Obras Públicas correspondientes que se detallan con carácter enunciativo y de las acciones positivas que aseguren una calidad de vida digna para todo el pueblo santafesino”, apunta Sacnun.

Por último la Senadora Nacional Sacnun describió que “en la mayor  parte de la provincia es similar la situación de emergencia, lo que se puede resumir en pueblos y ciudades con riesgo cierto de padecer nuevas inundaciones, campos inundados, napas freáticas altas, canales desbordados, trasvasamientos de cuencas, canales clandestinos y por sobre todo la red vial destruida, tanto rutas provinciales, nacionales, como caminos comunales que tornan muy difícil circular teniendo que hacer en muchos casos muchos kilómetros adicionales debido al corte de los caminos”.

DECLARACION DE EMERGENCIA CLIMATOLOGICA, HÍDRICA, VIAL, AGROPRECUARIA, PRODUCTIVA Y SOCIO SANITARIA EN LA PROVINCIA DE SANTA FE
Capítulo I
Declaración
Artículo 1°.- Declárase el estado de emergencia climatológica, hídrica, vial, agropecuaria, productiva y socio sanitaria a las zonas de la  Provincia de Santa Fe afectadas como consecuencia de las severas lluvias y crecidas de los ríos y afluentes por el plazo de un (1) año, prorrogable por igual periodo.
 Facúltese al Poder Ejecutivo Nacional a determinar las zonas geográficas establecidas en el párrafo anterior.
Capítulo II
Tarifas de Servicios Públicos
Artículo 2º.- La emergencia declarada se aplicará en materia de tarifas de los servicios públicos, por el plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Artículo 3º.- A los fines propuestos en el artículo 1º, suspéndanse los aumentos de tarifas de los servicios públicos en las localidades y regiones productivas de toda índole de las provincias afectadas.
 Artículo 4º.- El alcance de la emergencia se extiende a tarifas eléctricas, de agua potable y cloacas, gas natural y telefonía.
Artículo 5º.- Las prestatarias de servicios públicos no podrán trasladar a los usuarios no incluidos en el artículo 1° el costo del beneficio establecido por la presente ley.
Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo Nacional dispondrá la ampliación de las líneas de créditos dentro del programa PROCREAR o el que en su futuro lo reemplace, a fin de que los damnificados en centros urbanos tengan acceso al financiamiento necesario para la reconstrucción de la vivienda familiar única.
Artículo 7°.- El financiamiento está destinado exclusivamente para la reconstrucción o refacción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente de las personas afectadas por la catástrofe climática, cuya situación haya sido verificada ante la Administración Nacional de la Seguridad Social.
Capítulo III
Beneficios a actores productivos, sectores industriales, PyMes y Comercios
Artículo 8º.- Créanse incentivos a la producción, promoción de actividades correspondientes al sector industrial, agropecuario, Pymes y comercial por el término de un (1) año, prorrogable por otro periodo, para la Provincia de Santa Fe.
El Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes otorgará líneas de créditos blandos y condonación, postergación y/o suspensión de deudas fiscales para los sectores productivos comprometidos, de conformidad a la instrumentación que se haga del presente artículo.
Facúltese al Poder Ejecutivo Nacional a implementar los incentivos y a girar las partidas correspondientes a los fines de subsanar los daños ocasionados y dar inicio a las obras de infraestructura necesarias, garantizando los derechos de los ciudadanos, la producción en general, la industria, el comercio y el transporte, de conformidad con las particularidades de las zonas geográficas afectadas, teniendo por objetivo garantizar el desarrollo y sostenimiento de la industria nacional, el mantenimiento de las fuentes de trabajo, garantizar la exportación de materias primas y productos con valor agregado y la sustentabilidad de los comercios minoristas.
Artículo 9º.-  Los beneficios serán concedidos de manera automática, al corroborarse el cumplimiento de los requisitos objetivos que acrediten la condición de damnificado, a través de mecanismos simples e informáticos.
Capítulo IV
Plan de Emergencia de Obras y Servicios
Financiación, puesta en ejecución y realización de obras públicas
Programa de Contingencia en Circulación
Artículo 10.- Autorícese al Poder Ejecutivo Nacional a asistir económicamente en forma urgente a la provincia afectada para la ejecución de acciones y obras públicas que se detallan en el Anexo I, tendientes a paliar los efectos de los fenómenos naturales acontecidos.
El mismo tiene carácter meramente enunciativo, pudiendo ampliarse o modificarse las obras y acciones en el previsto.
Deberán priorizarse las medidas tendientes a garantizar los siguientes objetivos:
a)    Libre circulación de bienes y personas. Será deber del Programa de Contingencia garantizar la libre circulación de personas y bienes en todo el territorio de la provincia, debiendo la Nación brindar el apoyo, logística y financiamiento para la restauración de caminos rurales, caminos urbanos, y rutas provinciales y nacionales que padezcan situaciones de aislamiento o restricción de accesos.
Con relación a caminos y rutas interjurisdiccionales y nacionales, será la Dirección Nacional de Vialidad la encargada de ejecutar medidas paliativas y obras definitivas para evitar el aislamiento de las localidades garantizando la conectividad y mantenimiento de la capacidad exportadora de la Provincia.
b)    Salubridad de las poblaciones. Se financiarán obras con el fin de evitar la sobreelevación de las napas, ya sea implementando bombas de achique, construcción de red de desagües y/o todas aquellas medidas que las autoridades locales tengan planificadas para evitar el colapso de las mismas.
c)    Preservación de cascos urbanos y  zonas productivas de la Provincia de Santa Fe. Se financiaran los sistemas de bombeo necesarios sin perjuicio de las obras de canalización (canales por gravedad, niveladores y retardadores, entre otros,), la reparación y mejoras de caminos rurales y rutas provinciales y nacionales, como así también los accesos a las localidades garantizando que no se vulnere la conectividad y libre circulación  de los habitantes.
Artículo 11.- El Poder Ejecutivo Nacional deberá brindar financiación adecuada a la Provincia y Municipios declarados en situación de emergencia y establecerá un programa de obras cuya ejecución será prioritaria para paliar los efectos de la emergencia.
Se asignará una partida de $ 5.000.000.000. (pesos cinco mil millones) en una primer etapa, destinada a los fines del cumplimiento de la presente Ley.
La presente partida se ampliará conforme las resultas de la ejecución de las obras procediendo a incorporar aquellas que surjan de los proyectos pendientes de aprobación y en su caso de la elaboración de informes técnicos que sustentarán la realización de los mismos.
Las obras previstas en el Presupuesto General de la Administración para el año en curso deberán ser ejecutadas de acuerdo a un cronograma de prioridades que contemplen los lineamientos generales de la presente ley.
Para la iniciación de obras públicas nuevas o excepcionales cuya causa sea la emergencia, deberán reasignarse las partidas presupuestarias correspondientes, siguiendo los pasos legales y administrativos correspondientes; imputándose las partidas correspondientes al Ministerio del Interior, Obras y Servicios Públicos.
Los fondos o partidas que se destinen a estos efectos serán depositados en las cuentas correspondientes de las entidades financieras pertinentes de cada sujeto interviniente.
Cuando se trate de una obra o acción de jurisdicción provincial los fondos se otorgarán a la Provincia.
Cuando se trate de una obra o acción de jurisdicción municipal o comunal los fondos se girarán directamente a los Municipios y/o Comunas involucrados.
Capítulo IV
Disposiciones Complementarias y/o transitorias
Artículo 12.- Autorícese al Poder Ejecutivo Nacional a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 13.- El Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo que corresponda, arbitrará los medios necesarios a fin de dar inmediato cumplimiento a lo normado precedentemente.
Artículo 14- El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley dentro del plazo de TREINTA (30) días, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 15.- Invítese a la Provincia de Santa Fe a adherir a la presente en todo lo que corresponda.
Artículo 16.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-


ANEXO I
El contenido del presente anexo es enunciativo.
Obras aprobadas y no ejecutadas en la Provincia de Santa Fe
CUENCA LA PICASA Y ALTERNATIVA NORTE:
·         CANAL POR GRAVEDAD  DE DESAGÜE LAGUNA LA PICASA (Con Proyecto aprobado), Adecuación de vertederos, reservorios 2 y 3, obras de regulación y canal alternativo. SF/C $22.000.000.
·         CANALES COLECTORES PERIMETRALES DE RUFINO (Con Proyecto aprobado) SF $4.000.000 –estimado-.
·         CANALES COLECTORES PERIMETRALES FIRMAT.
·         SISTEMATIZACIÓN  LA SALAMANCA (Con Proyecto aprobado)
·         CANAL PAYSANDU (Con Proyecto aprobado) $4.000.000 –estimado-.
·         ALIVIADOR  FERROCARRIL AMENÁBAR (Con Proyecto aprobado)  $0,6 MILLONES–estimado-.
·         ALCANTARILLA CANAL NORTE DE 6m DE ANCHO POR 2m DE ALTO PARA REEMPLAZAR LAS DE EMERGENCIA (proyecto a aprobar), LAS 5 ALCANTARILLAS DEL CANAL SUR (con proyecto aprobado en 2009) COLOCANDO EN LA PRIMERA COMPUERTAS Y UNA BOMBA PARA AGILIZAR SALIDA DE AGUA DE MARIA TERESA.
·         AMPLIACIÓN DEL CANAL A CIELO CERRADO DE CALLE 5 DE MARIA TERESA (proyecto a aprobar)
·          TERMINOS DE REFERENCIA SUB CUENCA LA CALMA-AMENABAR SF en estudio.
·         TERMINOS DE REFERENCIA LAGUNARES MARIA TERESA
·         OBRAS DE REGULACION CANAL ALTERNATIVO NORTE
·         RUTA NACIONAL N.7: MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO DE CIRCULACIÓN.
·         CAMINO FIRMAT-SAN JOSE DE LA ESQUINA, PAVIMENTACIÓN, ELEVACIÓN DE LOS BAJOS, CANALIZACIÓN Y ALCANTARILLADO.
ROSARIO - SAN LORENZO – CASEROS:
·         ARROYO SAN LORENZO. DRAGADO Y ADECUACION DE PUENTES Y ALCANTARILLAS (Área Metropolitana Rosario).
·         CANAL SALVAT, Aº IBARLUCEA, Aº LUDUEÑA. Dragado. Sistematización. Adecuación de puentes y alcantarillas (Anteproyecto SRHN). Área Metropolitana Rosario.
GENERAL LÓPEZ-CASEROS:
·         CAÑADA LOS BARRILES (Con Proyecto) $12.000.000.
·         CANAL LA CHISPA – GODEKEN (Con Proyecto) $16.000.000.
·         CANAL EL CANTOR – CHAÑAR LADEADO (Con Proyecto) $4.000.000.
·         SISTEMA AGATARURA (en ejecución) $15.000.000.
CANAL VILA-CULULÚ
·         DRAGADO DE LOS ULTIMOS 10 km HASTA SU DESEMBOCADURA EN AºCULULÚ
·         LIMPIEZA CON EXCAVADORA BRAZO LARGO
·         RESTITUCIÓN DE SECCION PUENTES FC Y RN 34 .
Sistematización total de la Cuenca LteCda-Río Salado –en estudio- estimado con puentes ferroviarios y viales $ 150.000.000.
CUENCA CALAVERAS – LAS PENQUITAS:
·        Proyecto solicitado aliviador del Vila-Cululú.
CUENCA LAS PRUSIANAS:
·            Proyecto Solicitado.
CANAL LA MANUELITA:
·         EJECUCIÓN DE OBRAS  DEL SECUNDARIO Y TERCIARIO (Con Proyecto Aprobado)
·         DESAGUES URBANOS SUNCHALES: ALTERNATIVA DESAGUES SECTOR NOROESTE Y ADECUACIÓN COMPUERTAS. Desagües urbanos de Sunchales:  Adecuación sistema Aº La Maravita.
·         SAN CRISTOBAL – CANAL DE LA FERIA: DRAGADO Y OBRAS (C./Proyecto)
·         CAÑADA CAPIVARA – AUXILIAR (En Ejecución)
·         CANAL SECUNDARIO CAPIVARA (Con Proyecto Aprobado)
·         PUENTE RUTA 4. ADECUACION. (Con Proyecto Aprobado)
·         PUENTE RUTA 13.- RESTITUCION DE SECCION (Pedido Reiterado)
·         PUENTE RUTA 92S .- REEMPLAZO
·         TERMINOS DE REFERENCIA CANAL LAS VIZCACHERAS
·         TERMINOS DE REFERENCIA CUENCA ARROYO LAS CONCHAS.-
·         MELINCUÉ:
Canal Nivelador de 24 km de extensión pedido en enero 2017 (en estudio).
Refuerzo y ampliación de estación de bombeo.
·         CORONDA: Adecuación de caminos y rutas. Asistencia a productores.
·         CUENCA RIO CORONDA- A.COLASTINE-LOS PADRES-MONJE: Plan Director de Cuencas. Proyecto Solicitado.
·         CUENCA CANAL CARRIZALES: Adecuación Cuenca Alta. Con proyecto.
·         CUENCA LAS TURBIAS: Proyecto Solicitado.
·         CUENCA LAS ENCADENADAS: Obras previstas para mitigar efectos provocados por las inundaciones.
·         CUENCA RIO CARCARAÑA.-TORTUGAS- CANAL SAN ANTONIO: Defensa Tortugas.-Obras Hídricas Oliveros.- Nuevos puentes carreteros en RN9 y otras.- Plan director de la cuenca.- Desembocadura.- Sin Proyecto.- DEBE SER EJECUTADO ANTES QUE LAS OBRAS DEL CANAL SAN ANTONIO.- Estimados  $600m.
- Realizado el punto previo, se efectuará la obra del A. TORTUGAS- CANAL SAN ANTONIO que cuenta con proyecto aprobado. Desde Puerto Gaboto a Tortugas.
- En igual sentido, realizada la obra del Río Carcarañá, se procederá a la obra del TRASVASADOR AREQUITO. Con Proyecto.-
·         CANAL LAS ESTACAS-CHUPINO.- Con proyecto.- $36m
·         CUENCA BAJOS SUBMERIDIONALES.- Plan Director. Retención Cañada Las Viboras.- Sin Proyecto.- Comité de Cuenca casi inactivo.-
·         CANAL DERIVADOR SUR RP35. Con proyecto.- Sin det. Costos.-
·         CANAL DERIVADOR NORTE RP35.- Con proyecto. Sin det. Costos.-
·         Obras aprobadas oportunamente, propuestas por los respectivos Comités de Cuenca de la Provincia de Santa Fe.
·         Medidas específicas en localidades afectadas: DIEGO DE ALVEAR, MARIA TERESA, MAGGIOLO, TEODELINA, VILLA CAÑAS, CHOVET, MELINCUE y todas aquellas que surjan en un futuro.
·         GENERAL GELLI: Reparación y elevación del Puente Lte. Interprovincial sobre Ruta Provincial Santafecina Numero 22-s y cno 081-91, pavimentación del acceso a la localidad
·         ZONAS PRODUCTIVA (GANADERÍA, LECHERÍA, AGRICULTURA, ALGODÓN, FRUTILLA, ETC. DE TODA LA PROVINCIA DE SANTA FE) Mejoramiento de caminos rurales, y rutas provinciales y nacionales que permitan el tránsito de mercadería y materias primas. Circularización de bienes y comercio.
·         Mitigación de daños ciertos provocados en todos los Departamentos de la Provincia de Santa Fe.
·         Medidas sobre localidades urbanas y productivas con el objeto de evitar la sobreelevación de las napas freáticas.
·         Todas aquellas obras públicas tendientes a evitar futuros daños y medidas de acción directa que impliquen mitigar los efectos devastadores de las inundaciones y continuas precipitaciones existentes o a provocarse en un futuro por las mismas causas.


FUNDAMENTOS
Señora Presidenta:

El fantasma de la vuelta a abril de 2016 acecha nuevamente a toda mi provincia.
La zona de la pampa húmeda, el norte, centro  y otras regiones dedicadas a economías regionales se han visto seriamente comprometida desde las precipitaciones que se vienen produciendo hace semanas.
Desde las cosechas de granos en la pampa húmeda, a toda la región conocida como la Cuenca Lechera del centro norte  y oeste provincial, donde las pasturas se han perdido, como así también la producción de frutillas en Coronda, la ganadería, la región algodonera, etc., se ven fuertemente afectadas en los últimos tiempos. A esto se suma la complicada situación de la lechería, con la fuerte caída de los precios internacionales, lo que me ha llevado a ocuparme especialmente el año pasado presentando un proyecto de ley integral, cuyo tratamiento impulso desde mi banca en la actualidad.
No puedo dejar de mencionar que la Provincia que represento es la segunda provincia exportadora de nuestro país, no solo de productos primarios sino de productos con valor agregado. La importancia y pujanza que la producción santafesina ha tenido a lo largo de la historia en la economía de nuestro país dan cuenta de la importancia productiva de la región que impacta en la economía nacional.
Por lo que ver hoy día rutas anegadas, como la Ruta Nacional Número 7, entre otras,-situación que impide el libre transito hacía el Océano Pacífico-, tambos que deben dejar de producir por la imposibilidad de transportar su producción al igual que los productores de grano imposibilitados de transportar la cosecha por el estado de los caminos rurales, los pequeños productores de algodón quienes no pueden cosechar sus cultivos, advertir el freno de la capacidad de compra en las grandes ciudades debido al impacto negativo de las campañas de granos, lo que junto a las consecuencias del modelo económico imperante se cristaliza en comercios que cierran sus puertas, fábricas que quiebran, trabajadores que son suspendidos o se quedan sin su fuente de trabajo; a lo que se agrega localidades aisladas, pueblos cuyas calles parecen ríos y familias desesperadas por el temor de poder llegar a perderlo todo, es lo que me lleva a exigir que el Estado se haga presente.
 Se hace imperiosa la necesidad de inmediata asistencia del Estado Nacional con medidas de emergencia, a la que debe sumarse la ejecución de obras de planificación a fin de sacar a nuestra provincia de la crisis hídrica que actualmente atraviesa.
Según detallan especialistas la cosecha de soja viene retrasada en 20 puntos respecto de lo que indican los promedios de años anteriores. En cifras son 4,5 millones de hectáreas que faltan por recolectar de la oleaginosa, entre el 60% que falta de soja de primera y el total de la de segunda.
El Instituto de Clima y Agua del INTA alertó sobre la alta probabilidad de que ocurran lluvias por encima de lo normal a partir de julio. El patrón medio de los últimos 100 años muestra que no hay una tendencia climática marcada sino, más bien, una gran variabilidad que se intensificó en los últimos años. En este marco de incertidumbre, desde el Instituto de Clima y Agua del INTA aseguran que los modelos coinciden en la alta probabilidad de que ocurran lluvias por encima de lo normal a partir de julio.
Sabido es que el clima viene castigando con dureza a la producción y amenaza continuar haciéndolo: hay posibilidades de un fenómeno Niño en lo que resta del año.
Por diversas causas endógenas y exógenas, que escapan a la presente, la Provincia de Santa Fe en su conjunto ha sido severamente castigada  por  abundantes lluvias.
Aparte de la necesidad de plantear una verdadera política de uso racional del recurso suelo, considero vital que las obras de infraestructura a nivel interjurisdiccional sean consensuadas y puestas en ejecución con la adecuada financiación y planificación de todos los actores involucrados, sin perjuicio del dominio originario del recurso.
En medidas de emergencia, donde las estadísticas prevén la pérdida de una gran porción de la producción y afectación a las poblaciones por subida de las napas e inundaciones, se requiere frenar urgentemente esta crecida del agua y organizar desde el Estado medidas concretas como han realizado países vecinos, por caso la administración de Rafael Correa en Ecuador.
A continuación se hará una breve descripción de algunas zonas críticas donde las inundaciones han producido severos daños, para luego analizar la medida legislativa que se propone en el presente proyecto.
El caso emblemático es el de la Laguna La Picasa, un problema muy importante al que hay que sumar otros  que tiene el Departamento General López y la provincia en general. 
La Picasa tiene una extensión de 50 mil hectáreas y en el Departamento General López hay una superficie diez veces más  grande afectada por las inundaciones, y con tierras que productivamente son mejores.
Es por esto que desde mi gestión en el Senado de la Nación vengo incansablemente realizando tareas para lograr un canal nivelador y mejorar las condiciones de tránsito en la Ruta Nacional N°7 que ya ha estado reiteradas veces cortada, con todo el impacto social, económico, vial y productivo que implica este aislamiento.
Para mejor ilustración se acompañan dos fotografías de la Ruta N°7 tomadas el martes 11 de abril y el jueves 13 de abril  del presente año.

En otro orden,  y como expresara anteriormente, el sector lácteo argentino se encuentra en una grave crisis generada tanto por cuestiones estructurales de la cadena como por la coyuntura internacional, la cual con una menor demanda y precios deprimidos genera un exceso de oferta,  sumada a los problemas climáticos y  de infraestructura, caminos rurales y falta de tecnología acorde,  que agravan la situación del sector.
Los precios internacionales presentan alta volatilidad en ciclos relativamente cortos de dos a tres años en promedio. En Argentina, el 25% de la producción de leche tiene como destino la exportación. Desde el sector primario se aduce que las caídas internacionales del precio se reflejan en menores precios al productor, mientras que los aumentos no se reflejan en la misma proporción en los precios pagados por la industria.
A esta realidad se le suma el aspecto coyuntural definido por este proyecto de ley debido a las lluvias excesivas que se dieron en los últimos meses y generaron importantes complicaciones a la producción tambera de gran parte del país; en especial de la Cuenca Lechera de mi Provincia.
En la localidad de Melincué los vecinos de la ciudad están viviendo momentos realmente desesperantes. Cedió parte del terraplén ubicado sobre la ruta 90, a metros del acceso a la localidad e ingresó abundante agua en el ejido urbano. La Ruta Provincial N° 90 actualmente se encuentra cortada. A modo de ejemplo podemos citar al casino que fue emplazado en ese humedal con el fin de dar un espaldarazo turístico a la región, y que constituye una de las herramientas económicas que motoriza a la población, el que se halla cerrado hace varios días con viviendas familiares que ya se encuentran en forma inminente con riesgo de afectación por la crecida de las aguas.
El Comité de Cuenca Las Encadenadas que abarca una amplia zona del sur provincial viene requiriendo la ejecución de obras que eviten innundaciones en los cascos urbanos y que permitan devolver a la producción miles de hectáreas producidas afectadas.
En Coronda, a causa de la altura elevada del río Coronda (limitante al Este de la ciudad), de los arroyos Colastiné y Matadero (limitantes Sur y Norte respectivamente) y del agua proveniente de campos y cuenca del Colastiné y cercanas (limitantes al Oeste), se vio afectada en un gran porcentaje de las zonas rurales y productivas con su consecuente impacto económico estimado en $104.043.000. 
Se deja presente que las presentes localidades mencionadas son al solo efecto ejemplificativo, ya que las zonas inundadas van variando minuto a minuto y las necesidades de los distintos pueblos y ciudades aumentan correlativamente con las mayores precipitaciones, tal como se deja establecido en el Anexo I.
Razón por la cual, no se hace una enumeración taxativa de las zonas en emergencia
Como se ha dicho previamente, el presente declara el estado de emergencia climatológica, hídrica, vial, agropecuaria, productiva y socio-económica a las zonas de la  Provincia de Santa Fe afectadas como consecuencia de las severas lluvias y crecidas de los ríos y afluentes, por el plazo de un (1) año, prorrogable por igual período.
El proyecto tiene un carácter integral y busca abarcar todos los aspectos de la emergencia climática.
En efecto, la primera medida es la aplicación de esta norma en materia de tarifas de los servicios públicos, tanto de carácter nacional como locales, razón por la cual se invita a la provincia a adherir a la ley.
En otro orden de ideas, se busca a través del presente instaurar incentivos concretos a los sectores productivos damnificados. Estos son los sectores productivos, industriales, las Pymes, los comercios y toda la cadena productiva agroindustrial por el término de un año a por medio de créditos blandos y financiación de impuestos, así como otras medidas concretas de inversión en materia de obras públicas aplicables al caso concreto.
Se busca proteger a familias que han perdido sus viviendas y a la salubridad de toda la población urbana y rural por medio de la baja de las napas.
Finalmente, y en un punto que considero neurálgico, se encomienda enérgicamente al Poder Ejecutivo la realización de las Obras Públicas correspondientes que se detallan en el ANEXO I (con carácter enunciativo) y de las acciones positivas que aseguren una calidad de vida digna para todo el pueblo santafesino.
En la mayor  parte de la provincia es similar la situación de emergencia, lo que se puede resumir en pueblos y ciudades con riesgo cierto de padecer nuevas inundaciones, campos inundados, napas freáticas altas, canales desbordados, trasvasamientos de cuencas, canales clandestinos y por sobre todo la red vial destruida, tanto rutas provinciales, nacionales, como caminos comunales que tornan muy difícil circular teniendo que hacer en muchos casos muchos kilómetros adicionales debido al corte de los caminos.
Es por las razones expuestas, que acompañé y pedí tratamiento en sesión especial para el próximo 19 de abril de la situación de emergencia que atraviesa el país y mi provincia en particular, considerando que el trabajo mancomunado y el compromiso del Estado Nacional mediante la adjudicación de recursos concretos girados a las provincias, municipios y comunas a fin de que se ejecuten las obras necesarias son indispensables para lograr una solución de fondo, es que solicito a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto de ley.

Diario Digital Algo en Común. El diario de Rosario

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