Las Comisiones de Seguridad Pública y Comunitaria y
Gobierno consideraron el proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales
Diego Giuliano, Eduardo Toniolli, Fernanda Gigliani, Marina Magnani, Osvaldo
Miatello y Carlos Cossia, el cual expresa:
“Visto: La sanción de la Ordenanza 9609/16, la persistencia de la situación
objetiva que justificó su sanción, y lo normado en su artículo primero in fine
de dicha norma, y
Considerando: Que la Ordenanza 9609/16 declaró
la emergencia en seguridad en la jurisdicción de la ciudad de Rosario.
Que a través de dicha Ordenanza, el Concejo Municipal
otorgó al DEM herramientas útiles y necesarias a fin de poder impulsar
políticas y acciones tendientes a abordar la problemática de la inseguridad y
la violencia en la ciudad.
Que en el marco de esta Ordenanza, el DEM realizó
múltiples controles vehiculares que derivaron en 3.500 remisiones (1.300
autos y 2.200 motos) y 40 operativos integrales que implicaron la detención de
50 personas con pedidos de captura y las clausuras de 50 comercios
ilegales.
Que desde la sanción de la norma el DEM desarrolló un
plan para la contribución de entornos más seguros en los barrios de la ciudad,
que incluyeron proponer mejoras en espacios públicos, modernización en
avenidas, intervenciones en plazas y la concreción de entornos seguros en
instituciones.
Que asimismo el DEM informa que se llevó a cabo el
cambio de luminarias en diversas zonas de la ciudad, disponiéndose para ello un
presupuesto de $37.000.000.
Que con la sanción de la norma, la ciudad adquirió 44
vehículos y 20 motocicletas equipadas a través del procedimiento abreviado de
contratación previsto en la Ordenanza, con un presupuesto estimado total
de $20.970.000.
Que también se posibilitó la adquisición de alarmas
comunitarias, narcolímetros y demás elementos necesarios para las diferentes
unidades de control a cargo del DEM.
Que el DEM creó a través del dictado del Decreto DEM
nro. 2155 de fecha 15 de septiembre de 2016 la Unidad Ejecutora para la gestión
de las contrataciones comprendidas en la Ordenanza de Emergencia en Seguridad,
como un órgano institucional encargado de ejecutar las compras y licitaciones
efectuadas en el marco de la Ordenanza de Emergencia en Seguridad.
Que los datos proporcionados acerca de la disminución
del delito en nuestra ciudad no implican un cambio perceptible para los
vecinos, por cuanto las razones que justificaron la sanción de emergencia de
seguridad en la ciudad, continúan plenamente vigentes, por lo que una vez más
no debemos eludir la responsabilidad que nos compete y resulta necesario
continuar dotando a la administración municipal de las herramientas que
posibiliten el cumplimiento de lo normado en beneficio de los vecinos.
Que, la Intendencia en Nota 21/17 SG (Expte.
Nro. 234.530-I-17) expresa que: “en base
a la evaluación positiva realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal
respecto de la aplicación de las herramientas de gestión que la Emergencia
habilita y, contemplando la necesidad de continuar con la multiplicidad de
políticas públicas en la materia, se considera conveniente hacer uso de dicha
prórroga."
Es por lo expuesto que estas Comisiones elevan para su
aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Prorróguese
la Emergencia en materia de Seguridad Pública en el ámbito de la ciudad de
Rosario por el término de 180 días a partir de su vencimiento, conforme lo
dispuesto por el artículo 1º de la Ordenanza Nº 9609/16.
Art. 2º .- El Departamento Ejecutivo Municipal
remitirá copia al Concejo Municipal de cada pedido de compras o inversiones que
efectúe en el marco de la presente Ordenanza.
La remisión será en simultáneo con la elevación de cada pedido a la
Unidad Ejecutora de la Emergencia en Seguridad creada por el Decreto DEM nro.
2155/16 y/o a la Secretaría de Hacienda Municipal. El incumplimiento en su
remisión será causal de suspensión automática de la compra o licitación.