Santa Fe
Por
Resolución Conjunta Nº 024/16 – API y Nº 090/16 – SCIT se estableció la
obligatoriedad, a partir del 1º de Noviembre de 2016 y para los contribuyentes
y/o responsables que realicen trámites ante el Servicio de Catastro e
Información Territorial, de liquidar las Tasas Retributivas de Servicios
mediante el sistema denominado “Liquidación Web del Impuesto de Sellos y Tasas
Retributivas de Servicios” (SETA WEB) aprobado por RG Nº 13/2011 - API. A tales
efectos, en el Anexo I de la citada Resolución se encuentran disponibles los
códigos de operación a utilizar para efectuar las liquidaciones.
Asimismo
por artículo 2º y 3º se aprobó el “Cuadro guía para la reposición de trámites
ante el SCIT” y “Cuadro guía para la reposición de tramites Web del SCIT”
respectivamente.
Para
acceder a la norma legal deberán ingresar en la página www.santafe.gov.ar/api -
Disposiciones Legales - Resoluciones Generales - Año 2016 - Resolución General
024/2016.