Secretario de Gobierno Gustavo Leone |
La
decisión del Tribunal Municipal de Faltas se concretó apenas un mes después del
hecho denunciado.
La
Municipalidad dictaminó la caducidad definitiva de la habilitación para el
pelotero ubicado en Sarmiento al 2600, donde el pasado 15 de agosto se organizó
una fiesta en horas de la madrugada. Así lo resolvió el juez de faltas que
entendió en la causa, quien firmó la resolución este jueves 22 de septiembre.
Según
consta en el dictamen, se pudo comprobar que el local Un día Perfecto incurrió
en tergiversación de rubro y actividad prohibida, violando varios artículos del
Código Municipal de Faltas. El juez entendió que se podía aplicar una de las
máximas sanciones previstas: la caducidad definitiva del certificado de
habilitación.
"Queremos
ser claros en el mensaje a la sociedad: tener una ciudad más segura también
implica cumplir con las normas", afirmó el secretario de Gobierno Gustavo
Leone.
"Venimos
de una jornada en donde miles de jóvenes pudieron disfrutar los espacios
públicos que tiene la ciudad sin ningún incidente. Y ello fue posible porque
hubo respeto a las normas, lo cual es digno de felicitar. Ahora, para todos
aquellos que quieren estar del otro lado de la raya, seremos inflexibles",
continuó el funcionario.
El
lugar contaba con un certificado de habilitación que le permitía funcionar como
Salón de Fiestas Infantiles con inflable y pelotero. En su escrito, el juez
explica que "bajo ningún concepto (este rubro) deberá ser utilizado para
el desarrollo de una actividad bailable en un horario que la normativa prohíbe
incluso para las mismas confiterías bailables". Vale recordar que la
ordenanza vigente tiene como tope horario para los boliches las 5.30.
Hechos
El
lunes 15 de agosto pasado, a las 7.40, la Municipalidad recepcionó una denuncia
de música a fuerte volumen en Sarmiento al 2600, donde funcionaba un pelotero.
15 minutos más tarde se apersonó un inspector, que comprobó los hechos.
En
el acta de esa jornada, el agente dejó constancia que: había música alta, que
se escuchaba desde la calle; que había personas en la vereda tomando alcohol;
que se encontraban dentro del local unas 300 personas; y que había 2 personas
colaboradoras del comercio que no poseían libreta sanitaria.
En
función de lo comprobado, atento a que no se cumplían con las condiciones de
seguridad e higiene y que se ejercía una actividad sin tener habilitación
correspondiente (y completamente fuera de horario), se procedió a clausurar
preventivamente el local.
El
juez de Faltas a cargo de la causa inició un proceso administrativo en el que
intervinieron tanto la parte imputada (el dueño, a través de su abogado
patrocinante) y vecinos del comercio (quienes ratificaron lo que planteó el
inspector).
Este
miércoles, el funcionario dictaminó que se violaron varios artículos del Código
Municipal de Faltas, puntualmente se recayó en una tergiversación de rubro y
actividad prohibida. Y resolvió la caducidad del certificado de habilitación
vigente.
En
su escrito, el juez sostiene que “el municipio tiene entre su deber velar por
la salubridad de la población, prevenir y evitar la degradación del Medio
Ambiente, protegiendo de esta manera los intereses de la comunidad, ya que
ninguna persona debe obligadamente tolerar que el desarrollo de la actividad
económica modifique sus condiciones normales de vida”.