Crean el régimen de incentivo para buenos conductores

Así como se penalizan las infracciones, deben generarse mecanismos que premien conductas y acciones positivas, que basadas en el respeto por las normas de tránsito, privilegien la tutela de la VIDA.

La Comisión de Obras Públicas, ha considerado el proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Boasso, el cual expresa:
“Visto: La necesidad de premiar a  los titulares de la licencia de conducir  que han observado  buena conducta en el tránsito, y
Considerando: Que sería importante y novedoso que la Municipalidad, premiara a los titulares de licencias de conducir, que no hubieran cometido faltas contempladas en el Código de Tránsito.
Que son muchos los ciudadanos que conducen en forma responsable, y este comportamiento ejemplar, puede ser incentivado desde el mismo Municipio.
Que así como se penalizan las infracciones, deben generarse mecanismos que premien conductas y acciones positivas, que basadas en el respeto por las normas de tránsito, privilegien la tutela de la VIDA.
Que La democracia obliga a las personas al respeto de las normas de convivencia social y desde luego a los ordenamientos jurídicos, estimando el bien común, un bien más valioso que el bien de un sólo individuo.
Que el beneficio que el Municipio puede brindar, está relacionado con la erogación que el conductor debe efectuar al momento de realizar renovaciones de su carnet habilitante para conducir.”.

Es por lo expuesto que esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA
Artículo 1°.- Créase en ámbito de la Municipalidad de Rosario, el “REGIMEN DE INCENTIVO PARA BUENOS CONDUCTORES”.

Art. 2°.- OBJETIVOS: Promover la cultura del respeto por las normas de tránsito, la conducción de automóviles dentro de las mismas, y el respeto del bien tutelado VIDA.

Art. 3°.- BENEFICIOS: Para renovar su licencia de conducir, los beneficiarios de este programa tendrán una reducción del 50% de la tasa retributiva de servicios fijada en el apartado a del artículo 96 bis de la OGI. Gozarán de este beneficio los titulares de las licencias de conducir correspondiente a las clases, A1, A21, A22. A3, C, B1, B2, E1, E2, F, G1 y G2. (Quedan excluidos del beneficio las habilitaciones relacionadas con Servicios Públicos)

Art. 4°.- REQUISITOS: Gozarán del beneficio establecido en la presente quienes cumplan con los siguientes requisitos:
·       No haber cometido falta o contravención alguna, dentro de las contempladas en el Código de Transito, en el ámbito de la ciudad de Rosario en el periodo comprendido por la vigencia de su licencia de conducir próxima a expirar.
·       El lapso que medie entre el vencimiento de la licencia y la iniciación del trámite de renovación, no supere los treinta (30) días corridos.


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