Farías y Geese durante la conferencia de prensa |
La medida fue
publicada en el Boletín Oficial. Alcanza a las industrias con un
consumo igual o superior a los 300 kW y que cumplan con ciertas condiciones que
se encuentran estipuladas en la resolución.
El
ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Pablo Farías, junto con la
secretaria de Estado de la Energía, Verónica Geese, brindaron este martes una
conferencia de prensa para informar sobre la medida adoptada por la Nación que
beneficia con descuentos de hasta el 20% a industrias electrointensivas con un
consumo energético igual o superior a 300kW.
Farías
destacó que esto sucede luego de “un pedido que ya se hizo hace varios meses
sobre atenuantes al aumento de tarifas”, en gestiones realizadas “por la
secretaria Geese y el gobernador ante distintos funcionarios del gobierno
nacional”.
“Seguimos
afirmando que el retiro abrupto de los subsidios en las tarifas del servicio
público ha causado un desfasaje muy importante a los consumidores particulares
y obviamente a la producción y al comercio. Por lo tanto merecía que considere
una graduación en el tiempo que para nosotros hubiera sido adecuado
considerarla en varios períodos presupuestarios”, indicó.
“Ahora
se da a conocer esta resolución que es una respuesta parcial a los reclamos que
realizó la provincia y que si bien no satisface del todo el pedido que le
hicimos, es una medida que sirve para amortiguar el impacto que tiene el retiro
de los subsidios y que está causando graves problemas a la población”.
Farías
reconoció por último que “esperamos que en las próximas horas y con la
intervención de la Justicia haya una respuesta más abarcativa en este sentido,
puesto que es sólo una parte de lo que le pedimos a la Nación”.
“ALCANZARÍA
A UNAS 70 INDUSTRIAS SANTAFESINAS”
La
secretaria de Estado de la Energía, Verónica Geese, dijo por su parte que “si
bien la resolución es escueta explica detalladamente cómo se realizarán los
descuentos”, y que “alcanzaría a unas 70 industrias santafesinas que son
grandes usuarios de la EPE o que se abastecen a través de cooperativas
eléctricas”.
Geese
señaló que “no conocemos aun cuáles son esas empresas porque es Cammesa (la
Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico), la encargada de darle
esa información a la Empresa Provincial de la Energía y aplicar estos
descuentos”, pero añadió que “de todas formas, cuando lleguen los listados y
veamos que no están presentes actividades que creemos deberían estar, iremos a
reclamar por ellas”.
LA
RESOLUCIÓN
De
acuerdo a la resolución conjunta Nº 122 y 312 de los ministerios de Energía y
Minería de la Nación y de la Producción, se fija un precio de referencia
especial para el consumo de industrias por un lapso de 8 meses.
La
medida abarca a las industrias con demandas de potencia iguales o superiores a
300 kW y que cumplan con ciertas condiciones estipuladas en el Anexo I de la
Resolución conjunta Nº 122 y Nº 312.
Las
mismas recibirán un descuento de hasta el 20% sobre los Precios Estacionales de
Referencia de la Energía en el Mercado Mayorista hasta el límite de consumo de
10.000 MWh; pudiendo estar categorizadas como Grandes Usuarios Mayores (GUMA),
Grandes Usuarios Menores (GUME) o Grandes Usuarios Particulares (GUPA).
Los
descuentos se aplicarán en forma escalonada: para los primeros 3.000 MWh será
del 20% sobre el precio de mercado vigente, para los siguientes 3.000 MWh el
10% y para los últimos 4.000 MWh, el descuento será del 5%.
Los
beneficios se aplicarán a los consumos que correspondan a partir del 1 de junio
de 2016 inclusive y se extenderán hasta la puesta en vigencia de los Precios
Estacionales correspondiente al período Febrero - Abril de 2017.
Las
industrias beneficiadas son las que hacen un uso intensivo de la energía
eléctrica. Incluye a fábricas de hilados y tejidos, de productos minerales no
metálicos, madera y corcho, fundición de metales, fabricación de vidrio y
productos de plástico, entre otras.
La
resolución lleva la firma de los ministros de Energía y Minería, Juan José
Aranguren; y de la Producción, Francisco Adolfo Cabrera.
ANEXO
I
En
el Anexo I de la Resolución Nº 122 y 312 se especifica cuáles serán los
beneficiarios de acuerdo a su actividad.
Fabricación
de hilados y tejidos, acabado de productos textiles
Fabricación
de productos minerales no metálicos n.c.p.
Fabricación
de productos de madera, corcho, paja y materiales trenzables
Fundición
de metales
Fabricación
de sustancias químicas básicas
Industrias
básicas de hierro y acero
Aserrado
y cepillado de madera
Fabricación
de vidrio y productos de vidrio
Fabricación
de papel y de productos de papel
Fabricación
de productos de plástico.