El
presidente del máximo Tribunal de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez, y el
gerente general de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Guillermo
Arancibia, a través de la Delegación Santa Fe a cargo del Dr. Federico
Larrazabal, firmaron un protocolo adicional que habilita a los distintos
órganos jurisdiccionales del Poder Judicial
de Santa Fe, a solicitar a la Oficina de Pericias de la SRT la realización de
exámenes médicos derivadas de procesos judiciales por accidentes de trabajo y/o
enfermedades profesionales.
Allí
se estipula que la SRT pone a disposición de la provincia datos como el
Registro de Accidentes de Trabajo; el Registro de Enfermedades Ocupacionales;
el Registro de Contratos de Afiliación; el Registro de Actuaciones Judiciales
de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo; los registros de los que surgen los
incumplimientos de los empleadores a las normas de Higiene y Seguridad en el
Trabajo y los expedientes ante las Comisiones Médicas, con sus respectivos
antecedentes médicos.
Con
respecto a los beneficios directos, y teniendo en cuenta que Santa Fe es una de
las provincias que tiene una de las tasas más altas en materia de litigiosidad
del país, luego de CABA y Buenos Aires, cabe resaltar que el convenio es parte
de las soluciones que está llevando adelante el gobierno nacional, a través de
la SRT, para darle una solución al reclamo de diferentes sectores, que afecta
al sistema de Riesgos del Trabajo.
Además,
esta rúbrica se enmarca en el trabajo que lleva adelante el ejecutivo nacional
para elevar un proyecto de ley que lleve este sistema a la Seguridad Social.
Lo
firmado con la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe es el primer acuerdo de
esta naturaleza, y se realiza en un marco de colaboración entre la SRT
Delegación Santa Fe, a cargo del Dr. Federico Larrazabal y la Justicia
provincial, buscando paliar de esta manera la alta litigiosidad que hoy afecta
a todos los actores del sistema.
Por
este acuerdo, la SRT se hace cargo y realizará todas las pericias judiciales en
todos los casos por accidentes o enfermedades derivadas del trabajo que hoy se
encuentran en trámite o puedan tramitar por los Juzgados provinciales.
Los
beneficios de este acuerdo se ramifica en todo sentido, de esta manera no solo
se bajan los costos judiciales, ya que no hay más honorarios de peritos en el
medio, ni sus intereses en que dichas pericias arrojen un resultado alto, ya
que de ello dependen sus honorarios, sino que además de esta manera la forma de
determinación de las incapacidades y aplicación de la tabla de la ley se
incorpora de manera oficial.
Esto
tarde o temprano hará que los reclamos por accidentes y enfermedades del
trabajo deban pasar por las Comisiones Médicas, ya que en ellas se maneja el
mismo baremo que el que se utilizará en la justicia, desalentando la industria
del juicio.
Al
bajar la litigiosidad, bajan los costos laborales a las empresas, ya que deben
bajar las alícuotas que cobran las ART a los empleadores.
Por
su parte, la alícuota es un porcentaje sobre la masa salarial que las empresas
se ven obligados a pagar, y que las ART para la determinación de la misma
tienen en cuenta la litigiosidad que enfrentan como consecuencia de accidentes o
enfermedades que derivan de dicha empresa a la que aseguran.
Por
consecuente, si baja la litigiosidad, debe bajar la alícuota, y por ende se
baja el costo empresario laboral actual. Al bajar el costo laboral, menos
presión tienen las empresas, sobre todo las pymes, y de esta manera tienen más
dinero utilizable e invertible, lo cual antes se lo cobraban las ART.
Esto
les permitirá a las empresas tener mayores recursos genuinos y menos gastos que
afrontar, posibilitando ampliar la demanda de más empleo y de mejor calidad.
Pero también ayuda a las ART y se da respuesta a la UART de lo que vienen
pidiendo en las solicitadas que hacen en los medios nacionales.