Lanzaran campaña sobre uso de celulares en conducción de vehículos

La Campaña alertará sobre el peligro de conducir utilizando teléfonos móviles.
Un estudio realizado por la Universidad de Toronto, Canadá, citado en la revista Nº 9 de Luchemos por la Vida, sostiene que “la posibilidad de provocar un accidente por hacer o recibir llamadas al tiempo que se conduce aumenta cuatro veces”,  riesgo “comparable al de manejar estando ebrio”.


Las Comisión de Obras Públicas, consideró el proyecto de Decreto presentado por los Concejales Ghirardi, Comi, Estévez e Irizar, el cual expresa:

“Visto: Que la utilización de teléfonos móviles mientras se conduce un rodado (auto, moto, bicicleta) es una imagen cotidiana en el tránsito de nuestra ciudad, y                             
Considerando: Que esa conducta provoca distracción y suele ser causa de accidentes de tránsito ocurridos en las calles de Rosario.

Que, según esas mismas opiniones, ocupar una mano con el teléfono móvil mientras se conduce, no sólo hace perder poder de maniobrabilidad, sino que también quita al conductor capacidad de reacción frente a un incidente por no estar prestando debida atención a la conducción.

Que un estudio realizado por la Universidad de Toronto, Canadá, citado en la revista Nº 9 de Luchemos por la Vida, sostiene que “la posibilidad de provocar un accidente por hacer o recibir llamadas al tiempo que se conduce aumenta cuatro veces”,  riesgo “comparable al de manejar estando ebrio”.

Que el uso de teléfonos móviles mientras se conduce está prohibido por la  Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.

Que a nivel local, la Ordenanza N° 6.543/98, también limita la utilización del teléfono celular mientras se conduce. Asi lo dice en el artículo 44, inciso v), el que indica que “está prohibido conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua mientras se encuentre  el usuario a cargo del manejo de vehículos de cualquier naturaleza”.

Que, a su vez, su artículo 35º establece la obligatoriedad de “conducir con ambas manos, excepto cuando sea necesario accionar otros comandos".

Que, según los especialistas, “el espíritu de la norma intenta evitar que el automovilista se distraiga mientras conduce o llegue a alterar su conducta durante el manejo por el tono de la conversación en el teléfono”.

Que también, la incorporación de nuevas tecnologías vinculadas al uso de teléfonos móviles ha modificado los patrones de conducta de los peatones, quienes frecuentemente prestan más atención al dispositivo -por estar escribiendo, leyendo o mirando alguna imagen- mientras caminan y eso provoca distracción, incluso al cruzar una calle.


Que esa conducta, ya analizada por organismos especialistas la definieron como “head-down generation” (generación que mira hacia abajo), y puede derivar en accidentes de tránsito relacionados a la distracción de los peatones por estar más atentos a los teléfonos que a la circulación de vehículos.

Que esa actitud en determinados puntos neurálgicos de la ciudad se torna peligrosa debido a que manipular, prestar atención al teléfono y, al mismo tiempo, caminar o cruzar una calle o avenida, potencia el riesgo de accidentes.”.         

Es por lo expuesto que estas Comisiones elevan para su aprobación el siguiente proyecto de:                                                                                                                                                                                                                                            
DECRETO
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la  repartición que corresponda, y en el marco de las acciones y presupuestos previstos para educación vial, proceda a diseñar y difundir una campaña publicitaria de prevención y concientización acerca de los riesgos que implica la utilización del teléfono móvil, tanto para peatones como para conductores de rodados de todo tipo.

Art. 2°.-  La campaña, deberá contemplar, preferentemente, todos los canales posibles para su difusión: vía pública, folletería, medios gráficos, radiales, televisivos, digitales y redes sociales, entre otros.

Art. 3°.-  Los creativos y diseñadores de la campaña deberán estudiar la posibilidad de incorporar animadores sociales para difundir los contenidos en los espacios públicos de Rosario durante los días feriados y fines de semana, cuando se produce la mayor concentración de vecinos en esos sectores de la ciudad.

Art. 4°.-  El Departamento Ejecutivo Municipal coordinará con las autoridades del Ministerio de Educación de la provincia, a fin de difundir los contenidos de la campaña preventiva sobre los riesgos que implica la utilización del teléfono móvil, tanto para peatones como para conductores de rodados, en las escuelas primarias y secundarias de la ciudad de Rosario.


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