Bárbaros. No lo incluyeron como Patrimonio Histórico y lo demolieron

Concejales preguntan por qué no se incluyó al edificio de Luna y San Telmo en el catálogo de patrimonio.Consultan además por el dictamen que autorizó su demolición.

Los concejales Carlos Cardozo y Alejandro Rosselló (Bloque Unión PRO) y Fernanda Gigliani (Iniciativa Popular) presentaron un pedido de informes donde se “encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría de Planeamiento y/o la repartición que corresponda, informe los motivos por los cuales las propiedades sitas en calle Tucumán 971 y Tucumán 997 no fueron oportunamente incluidas en el Inventario y Catalogación de Bienes del Patrimonio Histórico Arquitectónico y Urbanísticos de la Ciudad de Rosario y remita a este cuerpo el dictamen elaborado por la Comisión Evaluadora creada por Decreto 998/84 respecto de la intervención autorizada sobre el inmueble de calle Tucumán 971”

En los considerandos de la propuesta, los concejales indican que “de acuerdo al Inventario y Catalogación de Bienes del Patrimonio Histórico Arquitectónico y Urbanísticos de la Ciudad de Rosario y el InfoMapa de la Municipalidad de Rosario dicho inmueble no estaba catalogado bajo ninguna de las categorías previstas en la Ordenanza 8245/08”

“En la zona donde se encuentra el inmueble demolido se encuentran catalogadas propiedades de construcción sensiblemente posterior al inmueble citado” expresan los ediles.

“En Tucumán 971 funcionó durante muchos años un local que constituyó un sitio de importancia en cuanto a la actividad cultural de la ciudad, bajo los nombres comerciales de “San Telmo” en un principio y “Luna” hasta su cese de actividades en el transcurso del año 2015 y los visitantes de ese local disfrutaron por décadas de una construcción de notoria antiguedad pero con un importante grado de conservación” destacan Cardozo, Rosselló y Gigliani.

“En la zona popularmente conocida como “El Bajo” se han catalogado numerosas propiedades en las diferentes categorías de patrimonio histórico, arquitectónico y/o urbanístico y resulta llamativo que una construcción de aparente valor patrimonial, además de su enorme historia cultural, no haya sido incluída oportunamente en el Inventario y Catalogación de Bienes del Patrimonio Histórico Arquitectónico y Urbanísticos de la Ciudad de Rosario” enfatizan los concejales.

“Independientemente de la omisión señalada, debería haber sido ineludible la aplicación del Decreto Nº 998/84, dictaminando la Comisión Evaluadora de Patrimonio- por tratarse de un permiso anterior a 1953-sobre la pertinencia de la intervención sobre el inmueble” finalizan Cardozo, Rosselló y Gigliani.


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