En
dos Juzgados
Los amparos promovidos por
la cadena de Supermercados Coto, contra la ley 13.441 que dispone el Descanso
Dominical, fueron rechazados “in límine” por los juzgados a cargo de los
doctores Fabián Vega (fuero Laboral) y Fabián Bellizia (fuero Civil).
Ambas resoluciones, además,
fueron confirmadas por la Cámara de Feria que integran la doctora Roxana
Mambelli y los doctores Oscar Puccinelli y Otto Crippa García.
Las acciones con pedidos
cautelares de suspensión de los efectos de dicha ley, promulgada en diciembre
por el gobernador Antonio Bonfatti, fueron promovidas por trabajadores de Coto,
quienes pese a la intervención del Ministerio de Trabajo que había dictado la
conciliación obligatoria, invocaron peligro por su fuente de trabajo,
argumentando posibles consecuencias adversas por la aplicación de dicha ley.
Esta Asociación Empleados de
Comercio sostiene que los hechos invocados son falsos por cuanto la empresa, a
instancia de la conciliación promovida por el gremio, no ejecutó la suspensión
a los trabajadores ni formalizó despidos vinculados a tal causa.
AEC también destaca que el
juez Bellizia, en la resolución de rechazo del primer amparo, señala que la vía
ensayada no era procedente por la actuación en curso del Ministerio de Trabajo
y que en definitiva no existía materia para un amparo, sino que subyacía un
conflicto entre empleador y trabajador.
Finalmente, Empleados de
Comercio, que solicitó la participación en los amparos, destaca que las
resoluciones judiciales ponen un freno al intento de tergiversar la voluntad
legislativa expresada en la Ley 13.441.