Solicitan convocatoria a la mesa de trabajo contra la trata



EXPEDIENTE APROBADO SOBRE TABLAS
 La Comisión de Derechos Humanos tomó en consideración el proyecto de Decreto presentado por las Concejalas M. Julia Bonifacio y Ana Martínez, en el cual encomiendan al Departamento Ejecutivo Municipal regule la “Mesa de Trabajo Contra la Trata de Mujeres con Fines de Explotación Sexual” Ordenanza Nº 8.729.

Sesión del Concejo Municipal - Foto. Jorge Díaz - Asoc. Cronistas parlamentario
VISTO: La necesidad de cumplimentar lo normado en la Ordenanza Nº 8.729/2010.
Y CONSIDERANDO: Que, el Protocolo de Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños del año 2000, define a la trata de personas como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación; esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. (Cons. 8729/10).
Que, el origen de esta actividad radica en la explotación sexual de mujeres, si bien hoy en día cualquier persona puede ser víctima de ella, y no solo a través de la explotación sexual ya que en la actualidad el término sirve para denominar cualquier tipo de trata de personas sin importar la edad, género o raza. (Cons. 8729/10).
Que, la mayor parte de los casos de trata de personas se desarrollan dentro del país, desde las zonas rurales a las urbanas, con fines de prostitución.
Que, los casos de trata de personas denunciados, siguen en aumento.
Que, nuestro país ratificó el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas mediante la Decreto/Ley Nº 11.925/1.957.
Que, en Argentina se sanciono la Ley Nº 26.364 “Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus víctimas” en el año 2008, que tiene como objetivo implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas.
Que, en Santa Fe en el año 2013 se sancionó la Ley Nº 13.339, la cual  tiene por objeto:
a) La adopción de medidas destinadas a prevenir, detectar y combatir el delito de trata de personas.
b) La protección y asistencia a las víctimas de ese delito respetando sus derechos humanos, sea que su residencia o traslado se verifique dentro del territorio de la provincia de Santa Fe o que del mismo se detecten maniobras para su traslado fuera de los límites de su territorio, sea hacia otras provincias o hacia el exterior.
c) El auxilio y apoyo al grupo familiar de la víctima.
d) La cooperación entre el Estado Nacional, los Estados Provinciales, las Municipalidades y Comunas para el cumplimiento de tales fines.
Que, en el año 2010 se sanciona en nuestra ciudad la Ordenanza Nº 8.729, la cual crea la Mesa Municipal de Trabajo Contra la Trata de Mujeres con fines de Explotación Sexual.
Que, los objetivos de la conformación de esta Mesa son:
Instalar públicamente la problemática de la trata de mujeres con fines de explotación sexual en la ciudad de Rosario.
Promover la sensibilización y concientización a través de las políticas públicas, sobre el flagelo social que implica la trata de mujeres y la explotación sexual.
Coordinar desde las esferas gubernamentales formas interinstitucionales en la modalidad de asistencia y protección integral de las víctimas.
Desarrollar programas de capacitación permanente, formación y entrenamiento a los distintos funcionarios/as públicos/as que intervienen en la problemática en sus diferentes niveles: prevención, asistencia y sanción de la trata. 
Promover formas participativas de abordaje en prevención y concientización de la problemática sobre la trata de mujeres con fines de explotación sexual.
Que, es de suma importancia para nuestra ciudad la aplicación de la este tipo de Ordenanzas.
Que, para ello debemos solicitar al Departamento Ejecutivo la inmediata reglamentación de la misma.
Es por todo lo precedentemente expuesto, que esta Comisión propone para su aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1º.- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal regule el funcionamiento, modalidad y convocatoria de la “Mesa de Trabajo Contra la Trata de Mujeres con Fines de Explotación Sexual”, conforme lo establece el artículo 4º de la Ordenanza Nº 8.729/2010 sustanciando su conformación dentro de un plazo de 30 (treinta) días de promulgado el presente Decreto.

 

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