Concejo Municipal de Rosario
Las Comisiones de
Planeamiento y Urbanismo y de Gobierno y Cultura, tomaron en consideración el
Mensaje N° 35/14 S.P., con Anteproyecto de Ordenanza por medio del cual se
incorpora al “Plan de Detalle complementario Barrio Travesía - 1ª Etapa” aprobado por
Ordenanza Nº 8.988/12, la intervención Urbanística que desarrolla el Servicio
Público de la Vivienda y el Hábitat, en parte del inmueble empadronado en la
Sección 7ª, S/M, Gráfico 112, haciéndose extensiva para la misma la
declaratoria de “Urbanización de Interés Social” a los fines previstos en la
Ordenanza Nº 6.492/97 y sus modificatorias.
Todo ello convenientemente evaluado por la Dirección General de
Tramitación y Fiscalización Urbanística.
Considerando: La sanción de la
Ordenanza Nº 8.988/12, complementaria al Plan de Detalle “Barrio Travesía - 1ª
Etapa, Ordenanza Nº 8.429”.
Que, el objeto del Plan de Detalle Complementario “Barrio Travesía 1ª
Etapa” consiste en permitir el esponjamiento del “Barrio Toba Travesía” ubicado
al sur , proveyendo a parte de las familias allí asentadas una nueva solución
habitacional en sus cercanías, en una fracción del S/M, Gráfico 112 de la
Sección Catastral 7ª propiedad del Estado Nacional Argentino, denominado “Playa
Sorrento”.
Por lo expuesto, estas Comisiones solicitan la aprobación del siguiente
proyecto de:
O R D E N A N Z A
Artículo
1º: INCORPÓRASE al “Plan de Detalle Complementario Barrio
Travesía 1ª Etapa” aprobado por Ordenanza Nº 8.988/12, la intervención
urbanística que desarrolla el Servicio Público de la Vivienda y el Hábitat, en
parte del inmueble empadronado en la Sección Catastral 7ª, S/M, Gráfico 112;
haciéndose extensiva para la misma la declaratoria de “Urbanización de Interés
Social” a los fines previstos en la Ordenanza Nº 6.492/97 y sus modificatorias.
ART. 2º: MODIFICASE el trazado oficial de calle
Donizetti entre Av. Sorrento al Norte y calle Artilleros al Sur, ratificando la
traza existente materializada en forma quebrada y su ancho original de 10 metros, ubicando sus
líneas municipales de acuerdo a lo siguiente:
Línea Municipal Oeste: en las Manzanas 3 y 12 se mantiene la Línea
Municipal indicada en los Planos de Mensura Nº 65.675/50, Nº 10.315/55, Nº
51.969/67 y Nº 98.950/79. En la Manzana 20, se establece una Nueva Línea
Municipal Oeste que deberá pasar en forma coincidente por las actuales Líneas
de Edificación que conforman su frente Este, representada gráficamente a 86,70 metros sujetos a
mensura, hacia el Este de la Línea Municipal Este de Pasaje Renán.
Línea Municipal Este: queda determinada por una recta quebrada en dos
tramos, ubicada a partir de la Línea Municipal Sur de calle Artilleros, en
forma paralela y a 10
metros hacia el Este de la Nueva Línea Municipal Oeste
definida en la Manzana 20, hasta su intersección con la Línea de Título Este
indicada en el Plano original Nº 65.675/50, siguiendo coincidente con la misma
hasta la Línea Municipal Sur de Av. Sorrento.
ART. 3º: CREASE la prolongación de calle
Donizetti hacia el Sur de Calle 734 con un ancho oficial de 20 metros, extendiendo su
Línea Municipal Este hasta la Línea Municipal Norte de calle Juan B. Justo e
incorporando a su traza el sector comprendido entre la Línea Municipal Este de
Calle 710, Línea Municipal Norte de calle Olivé y Línea Municipal Oeste de
calle Donizetti.
ART. 4º: CREASE la prolongación de Calle 734
entre Pasaje 737 y Av. Sorrento, en dos tramos rectos quebrados de 14 metros de ancho
oficial, definiendo su eje de acuerdo a los siguientes segmentos:
Segmento AB: de orientación Sureste-Noroeste, de 528 metros de longitud,
donde el Punto A se ubica a 246,59 metros hacia el Oeste de la Línea
Municipal Este de calle Donizetti y a 144 metros hacia el Sur
del eje de Calle 728 y forma un ángulo de 145º 36' 30'' con el actual eje de
Calle 734 proveniente del Este.
Segmento BC: de orientación Sur-Norte, de 139,5 metros de
longitud que forma un ángulo de 118º con el segmento AB.
ART. 5º: CREASE la prolongación hacia el
Noroeste de Calle 728 a
partir del Pasaje 735 hasta Av. Sorrento, manteniendo su ancho oficial de 18 metros y definiendo su
traza en tres tramos de acuerdo a lo siguiente:
Tramo DE: tramo curvo comprendido entre los ejes de los Pasajes 735 al Este y
731 al Oeste, donde el eje queda definido por una paralela ubicada a 7 metros hacia el Sur del
paredón existente, representado gráficamente por un arco de circunferencia de 107,52 metros de
longitud y un radio de 189,55
metros, sujeto a mensura. Los Puntos D y E resultan ser
las intersecciones de la citada paralela con los ejes de los Pasajes 735 y 731,
respectivamente.
Tramo EF: tramo recto de orientación Sureste-Noroeste, donde el eje se mantiene
paralelo y a 7 metros
hacia el Sur del citado paredón, hasta encontrarse con una recta perpendicular
al eje de Av. Sorrento, dando lugar al Punto F, trazada a partir del punto de intersección entre el eje de
calle Esquivel con el de la citada avenida (Punto G).
Tramo FG: tramo recto de orientación Sur-Norte, donde el eje queda definido por
la perpendicular descripta anteriormente.
ART. 6º: MODIFICASE el trazado oficial del
Pasaje 735, creado en el Artículo 3º Inciso 9 de la Ordenanza Nº 8.988/12,
manteniendo su ancho de 14
metros y emplazando su nuevo eje en forma perpendicular
al eje de Calle 734, medidos sobre el mismo a 125 metros hacia el
Noroeste del Punto D.
ART. 7º: CREASE el Pasaje Público a
denominarse 733 con un Ancho Oficial de 14 metros y una
orientación Suroeste-Noreste, determinando su eje en forma paralela y a 53,00 metros hacia el
Noroeste del eje del Pasaje 735.
ART. 8º: CREASE el Pasaje Público a
denominarse 731 con un Ancho Oficial de 14 metros y una
orientación Suroeste-Noreste, determinando su eje en forma paralela y a 53,00 metros hacia el
Noroeste del eje del Pasaje 733.
ART. 9º: Las afectaciones derivadas
del proyecto vial enunciado quedarán sujetas a los ajustes resultantes de las
mensuras correspondientes que determinarán con precisión los trazados y áreas
de dominio público, así como de los proyectos de obra de infraestructura para
los encuentros del Pasaje 734 y la Calle 728 con Av. Sorrento, facultándose al
Departamento Ejecutivo a establecer las adecuaciones necesarias.
ART. 10º: El Plano adjunto al presente
texto de Ordenanza forma parte indisoluble de ésta, siendo copia del obrante a
fs. 16 del Expediente Nº 11.825-S-14.
ART. 11º: Comuníquese con sus
considerandos, etc.
_________________________________________________________________________