“Hemos
recibido en el Concejo numerosas quejas de vecinos que aseguraron que en
algunos comercios les han cobrados hasta dos y tres pesos por la recarga de
Tarjetas Sin Contacto”
Los
comercios habilitados para recarga de Tarjetas Sin Contacto (TSC) del
transporte público de pasajeros no podrán cobrar adicionales por el servicio y
serán multados con penas de hasta 60 días de clausura en caso de que se
detecten reincidencias.
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Prohibiran que los comercios cobren adicionales por recarga de TSC |
La comisión de Gobierno del Concejo Municipal dio despacho al
proyecto de ordenanza de la edila del Partido Progreso Social (PPS), María
Fernanda Gigliani, que prohíbe que los comercios habilitados para la venta de
recarga de Tarjeta Sin Contacto (TSC) cobren sumas adicionales por el servicio,
por lo cual tendrá tratamiento en la próxima sesión del Palacio Vasallo y ya
cuenta con el apoyo de la mayoría.
La iniciativa también insta al Ejecutivo a
que realice los controles pertinentes con el fin de detectar que los locales
habilitados para tal fin no incurran en el incumplimiento de la normativa y
prevé multas con clausuras de hasta 60 días.
“Hemos recibido en el Concejo numerosas quejas
de vecinos que aseguraron que en algunos comercios les han cobrados hasta dos y
tres pesos por la recarga de Tarjetas Sin Contacto”, explicó Gigliani.
Al respecto, la edila recordó que “uno de los
objetivos más trascendentes del Plan de Movilidad es el de promover el uso del
transporte público de pasajeros”, por lo que consideró que un cobro adicional
por la recarga de la TSC no
es coherente con lo que propone la Municipalidad.
La concejala dijo que para evitar que los
comercios cometan abusos a los usuarios, sus titulares deberán exhibir en un
lugar visible un cartel de 30 por 60 centímetros con la siguiente
leyenda: “La compra y/o recarga de la Tarjeta Sin Contacto no está sujeta al
cobro de recargo o suma de dinero extra alguna”.
El proyecto también prevé que los vecinos puedan
realizar denuncias a la línea del Centro de Monitoreo de la ciudad:
0800-444-0308.
“El Tribunal Municipal de Faltas será quien
disponga las penas por la violación de la normativa que podrán conllevar a la
clausura del local, en plazos de 10 a 60 días, hasta la caducidad de
la habilitación, en caso de que se detecte que han sido reincidentes en el
incumplimiento de la ordenanza”, finalizó Gigliani.