-Artículo 2° de la Ordenanza N°8943: "la Empresa del Estado Municipal Autódromo Ciudad de Rosario, deberá elevar al Concejo Municipal de Rosario para su evaluación, en un plazo de treinta (30) días, el plan de obras ejecutadas y a ejecutarse con su cronograma respectivo, que contemple aspectos relativos a la seguridad, infraestructura, protección sonora del entorno, higiene, infraestructura sanitaria y demás cuestiones que hagan al funcionamiento del mismo en el período años 2012-2014".
A raíz de la
denuncia de vecinos, ediles del FpV requierirán que la intendencia efectúe
estudios acústicos los días 20 y 21 de abril, cuando se desarrolle la próxima
carrera de TC200. Además, indicaron: "La Municipalidad incumple la
ordenanza". Elevarán también un pedido de informes sobre las obras ejecutadas
y a ejecutarse.
Los concejales del Frente
para la Victoria-PJ, Norma López y Roberto Sukerman solicitaron que la
Municipalidad efectúe una pericia sonora en el predio del Autódromo Municipal y
en domicilios de vecinos del radio, los días 20 y 21 de abril en los horarios
establecidos para las carreras del Segundo Campeonato Argentino de Súper
TC2000.
Los ediles indicaron que
"la pericia será fiscalizada por los vecinos del radio y tambien
requerimos como lo fija la ordenanza que no han cumplido, remitan al Concejo
listado de las carreras oficiales realizadas, pruebas mensuales y pruebas de
puesta a punto, desde la sanción de la Ordenanza N°8934 hasta abril de 2013; el
plan de obras ejecutadas y a ejecutarse, y un informe sobre el avance de las
obras".
La ordenanza fue
aprobada en julio de 2012 y tenían 30 días para informarnos el plan de obras
ejecutadas y a ejecutarse con su cronograma respectivo. No lo cumplieron como
así tampoco el envio en forma trimestral sobre el avance de obras.
Ni siquiera
instalaron como fijaba la ordenanza un destacamento policial destinado a la
seguridad del área perteneciente al Autódromo Municipal y su entorno",
afirmó Sukerman.
"Es necesario el
equilibrio entre el desarrollo de la actividad automovilística y el bienestar y
calidad de vida de los vecinos y para eso está la ordenanza. Los vecinos del
barrio Hostal del Sol realizaron una evaluación de las emisiones sonoras
causadas por las carreras realizadas en el Autódromo el día 17 de marzo de
2013, en el evento Car Show Santafesino.
El informe arrojó como resultado que
dichas actividades no cumplieron con la normativa vigente respecto a ruido
ambiental. Sin embargo, nada se hizo al respecto", aseguró a
vicepresidenta del Palacio Vasallo.
"La Municipalidad una
vez más incumple con la ordenanza que estabelce que la Empresa del Estado
Municipal Autódromo Ciudad de Rosario, debía elevar al Concejo Municipal de
Rosario para su evaluación, en un plazo de treinta días, el plan de obras
ejecutadas y a ejecutarse con su cronograma respectivo, contemplando aspectos
relativos a la seguridad, infraestructura, protección sonora del entorno,
higiene e infraestructura sanitaria", afirmó Sukerman.
La inciativa no pudo ser
tratada en los expedientes sobre tablas en la sesión del pasado jueves pero
será analizada en comisión el próximo lunes.
Incumplimientos de la
Municipalidad:
-Decreto N°46.562/72 sobre
ruidos molestos
-Artículo 2° de la Ordenanza N°8943: "la Empresa del Estado Municipal Autódromo Ciudad de Rosario, deberá elevar al Concejo Municipal de Rosario para su evaluación, en un plazo de treinta (30) días, el plan de obras ejecutadas y a ejecutarse con su cronograma respectivo, que contemple aspectos relativos a la seguridad, infraestructura, protección sonora del entorno, higiene, infraestructura sanitaria y demás cuestiones que hagan al funcionamiento del mismo en el período años 2012-2014".
-Artículo 2° de la Ordenanza N°8943: "la Empresa del Estado Municipal Autódromo Ciudad de Rosario, deberá elevar al Concejo Municipal de Rosario para su evaluación, en un plazo de treinta (30) días, el plan de obras ejecutadas y a ejecutarse con su cronograma respectivo, que contemple aspectos relativos a la seguridad, infraestructura, protección sonora del entorno, higiene, infraestructura sanitaria y demás cuestiones que hagan al funcionamiento del mismo en el período años 2012-2014".
-Artículo 4° de la Ordenanza
N°8943: "la Empresa del Estado Municipal Autódromo Ciudad de Rosario
deberá elevar trimestralmente al Concejo Municipal de Rosario un informe sobre
el avance de las obras a las que se refiere el artículo 2°".
-Artículo 3° del Decreto
N°37.704: encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione ante el
Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe la instalación de un destacamento
policial destinado a la seguridad del área perteneciente al Autódromo Municipal
y su entorno.