El CMD Centro atiende hasta las 18 para el pago de deudas del DReI y TGI

ÚLTIMO PLAZO PRORROGADO PARA GOZAR DE BENEFICIOS

Hasta el 27 de marzo los contribuyentes del Derecho de Registro e Inspección podrán cancelar sus deudas con una quita en los intereses y condonación de multas. También hay beneficios para el pago de tasas en mora

 

La Secretaría de Hacienda y Economía municipal recordó que fue extendido hasta el miércoles 27 de marzo el plazo de regularización de deudas tanto para los contribuyentes de la Tasa General de Inmuebles cuya emisión mensual no exceda los 86 pesos, como para los tributarios del Derecho de Registro e Inspección (con excepción de los incluidos en el Programa Contribuyentes Estratégicos para Rosario), quienes podrán cancelar sus obligaciones en vía administrativa y/o judicial de cobro, con una importante quita en los intereses y condonación de multas.

Cabe destacar en este marco que el Centro Municipal de Distrito Centro “Antonio Berni”, de Wheelwright 1486, atiende hasta las 18, de lunes a viernes, a quienes quieran formalizar la adhesión .

En relación a la Tasa General de Inmuebles (TGI), el contribuyente con deuda en vía administrativa que desee regularizar su situación fiscal podrá acceder al plan de facilidades mediante la página web del municipio: http://www.rosario.gob.ar/tramitesonline/tramite.do?id=57
Asimismo, tanto los morosos que posean deudas en vía administrativa como en la vía judicial de cobro, podrán adherirse al Régimen Transitorio y gozar de los siguientes beneficios: el pago al contado tiene 60% de quita en los intereses resarcitorios; en 4 cuotas, el 20%; en 8 cuotas el 10%; y en 12 cuotas, sin interés de financiación.

Las condiciones para sumarse al plan son que el monto mensual de emisión de TGI no exceda los $86, y contar como mínimo con tres anticipos TGI adeudados.
A su vez, los contribuyentes con convenios de pago vigentes o caducos podrán acogerse al Régimen Transitorio mediante un nuevo convenio que implique la cancelación de la deuda en un plazo menor al convenio vigente o caduco en vía administrativa y/o judicial.

El pago se podrá realizar por Internet, para aquellas personas con cuenta en bancos que pertenezcan a la red link o a través de bancos y multipagos.

Derecho de Registro e Inspección


En cuanto al DREI, los beneficios del régimen transitorio incluyen 60% de quita en los intereses resarcitorios por pago contado; 20% de quita por un plan pago en cuatro cuotas; mientras que si se abona en 8 cuotas, no se cobrará el interés de financiación.
Asimismo, en los casos de cancelación de la deuda, se dispondrá la condonación de multas en proporción a la parte de la pretensión fiscal regularizada.
Respecto de los contribuyentes que posean multas por incumplimiento a los deberes formales del artículo 40 del Código Tributario Municipal, deberán presentar, previamente a la suscripción del convenio, la declaración jurada correspondiente.
Al igual que en el caso de la TGI, los ciudadanos con convenios de pago vigentes o caducos podrán acogerse al Régimen Transitorio mediante un nuevo convenio que implique la cancelación de la deuda en un plazo menor al convenio vigente o caduco en vía administrativa y/o judicial.
Igualmente, el pago se podrá realizar por Internet, para aquellas personas con cuenta en bancos que pertenezcan a la Red Link, o a través de bancos y multipagos.

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