Rechazan la prisión domiciliaria de una madre con un bebé porque está casada con una mujer

La acusada es una ex funcionaria porteña que fue detenida en la causa Cromañón. La mujer tiene un bebé de seis meses que está amamantando pero la Justicia rechazó el pedido de arresto domiciliario realizado por su defensa alegando que tiene otra mujer que "puede ocuparse de su cuidado". 

 

 

Ana María Fernández (archivo).

 

 Una ex funcionaria porteña, que fue detenida en el marco del histórico fallo por la tragedia de Cromañón, continuará en prisión pese a que tiene un bebé de seis meses y estaría en condiciones de recibir el beneficio del arresto domiciliario.

Según publicó el diario Página/12, el Tribunal Oral Nº 24 rechazó el pedido realizado por Ana María Fernández (ex directora de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad) porque la condenada está casada con otra mujer, y "ella puede ocuparse de su cuidado". 

"Es inadmisible que se utilicen los nuevos derechos reconocidos a la diversidad familiar en contra de las familias, en este caso, para perjudicar a un bebé que, si no tuviera dos madres, estaría en su entorno natural tomando el pecho con su madre gestante", cuestionó Martín Canevaro, presidente de la organización 100% Diversidad y Derechos.  "La resolución del tribunal discrimina al niño por tener dos madres", denunció Canevaro.

Fernández enfrenta una condena a 3 años y 6 meses de prisión. El TOC 24, que estuvo a cargo del juicio, dispuso el alojamiento de los 14 imputados en distintos penales federales. Fernández, madre biológica del bebé, pidió cumplir la pena en su domicilio. La ex funcionaria porteña está casada con otra mujer.

"No se vislumbra en este caso ninguna circunstancia de magnitud excepcional que ponga en evidencia una necesidad que sólo pueda ser satisfecha con la presencia materna en el hogar y no con el apoyo del entorno familiar, pues como bien lo señala la fiscal en su dictamen, existe otra madre que puede ocuparse de la atención del pequeño y también familia extensa que cubre las necesidades de atención que pueda demandar el menor de edad", señaló el TOC 24 al rechazar el pedido.

Además, alegó que la Convención Internacional de Derechos del Niño “no equipara interés superior del niño con convivencia materno-filial”. “En el caso en estudio –indicó el tribunal– no se advierte ninguna situación de desamparo ni de inseguridad material y/o moral del niño que implique resolver la tensión de derechos indicada para conceder el arresto domiciliario”. Fernández está amamantando al bebé.

La Ley 26.472, sancionada en diciembre de 2008 y promulgada el 12 de enero de 2009, incluyó a las mujeres embarazadas o madres de hijos menores de 5 años o con un hijo discapacitado a cargo entre los supuestos en los que procede el arresto domiciliario. El acceso a ese beneficio no es automático: debe solicitarse al juez competente y queda en sus manos brindar esa alternativa.

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