La misma autoriza a una persona con discapacidad
visual a acceder o permanecer en distintos lugares con su perro de asistencia.
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Perro Guía |
El Poder Ejecutivo
provincial promulgó, mediante el decreto N° 3858, la ley provincial que
autoriza a una persona con discapacidad visual a acceder o permanecer en
lugares públicos, privados de acceso público, y circular en el transporte
público en general, junto con su perro guía.
Según la ley, un perro guía
o de asistencia “son todos aquellos que hayan sido adiestrados, por entidades
especializadas, para el acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio de personas
con discapacidad. Dichas entidades deben ser autorizadas para su funcionamiento
por la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad de la
Provincia”.
La reglamentación establece
también que el perro de asistencia debe acreditar aptitudes de adiestramiento,
condiciones higiénico-sanitarias (que certifiquen que el animal no padece
enfermedad transmisible y el esquema de vacunación vigente), identificación de
la persona usuaria y titular del perro de asistencia.
El ejercicio del derecho de
acceso, deambulación y permanencia del perro de asistencia junto a la persona
usuaria del mismo, conlleva la permanencia ilimitada y constante. Dicho derecho
debe regirse por las siguientes consideraciones: “la persona usuaria del perro
de asistencia tiene preferencia en la reserva del asiento más amplio, con mayor
espacio libre en su entorno o adyacente a un pasillo, según el medio de
transporte de que se trate. En los servicios urbanos e interurbanos de
transporte, el perro de asistencia debe ir preferentemente en la parte trasera
del vehículo, a los pies de la persona usuaria, y ocupará plaza en el cómputo
de las autorizadas para el vehículo. No obstante, y a discreción de la persona
usuaria, ésta puede ocupar el asiento delantero derecho con el perro de
asistencia a sus pies en los siguientes casos: en los trayectos de largo
recorrido y/o cuando dos personas usuarias y acompañadas de sus respectivos
perros de asistencia viajen juntas”.
Asimismo se creará un
Registro Provincial de Perros de Asistencia dependiente de la Subsecretaría de
Inclusión para Personas con Discapacidad. Estos animales de asistencia se distinguirán
entre perros de servicio; perros de señal; perros guía.