Bonfatti y Mengarelli firmaron el decreto que fija criterios para la ponderación de antecedentes profesionales, incluyendo un reglamento de suplencias y traslados; y uno general de concursos de titularización y ascenso.
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El gobernador Antonio Bonfatti y la ministra de Educación, Letizia Mengarelli, firmaron el decreto N° 3.029/12, que establece un sistema único de reglamentación de la carrera docente.
La nueva norma incluye:
1) un sistema único e integral de ponderación de antecedentes profesionales docentes;2) un nuevo reglamento general de suplencias;
3) un reglamento general de concursos de titularización y ascenso para cargos y horas cátedra; y 4)
un reglamento general de traslados y permutas.
De esta manera se unifica toda la normativa que ordena la carrera docente, mejorando la organización y dotando de mayor coherencia, previsibilidad y transparencia a todo el sistema educativo.
DETALLES DE LA REGLAMENTACIÒN
Sistema único e integral de ponderación de antecedentes profesionales docentes.Tiene por objetivo que todo docente, cualquiera sea el nivel o modalidad en el que se desempeñe (cargos de base, directivos y de supervisión, y horas cátedra), conozca los criterios con los cuales se pondera su desempeño en el sistema educativo provincial en lo que hace a título, antigüedad, formación continua y otros antecedentes, así como oposición, a la hora de ser ubicados en una lista de mérito, ya sea para concursos de titularización, ascenso, o para acceder a suplencias, traslados y/o permutas.
- Nuevo régimen general de suplencias para el personal docente.
En tal sentido, se establecen disposiciones específicas para la modalidad especial, inicial y primaria; para secundaria, y para el nivel superior en cuanto a requisitos de escalafonamiento para el personal interino y reemplazante que se desempeña en las instituciones educativas oficiales.
- Reglamento general de concursos de titularización y ascenso para cargos y horas cátedra.
La propuesta fija condiciones específicas para los niveles inicial y primario y la modalidad especial; para el nivel secundario y para el nivel superior, en lo que hace a la tarea de las juntas de esclafonamiento.
Asimismo, se estipulan los requisitos de los aspirantes a concursar y para ser escalafonado.
- Reglamento general de traslados y permutas.