Juzgarán a ex policía por "cubrir" al dueño de un boliche de operativos antidrogas

Se trata de un ex subispector de la Federal que alertaba a un hombre cuando la fuerza realizaría operativos en su local bailable. El fiscal le solicitó a la jueza el cierre de la etapa de instrucción de sumario.

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 Un ex subinspector de la comisaría novena de la Policía Federal será sometido a juicio oral acusado de brindar "cobertura" al dueño de un boliche bailable porteño, a quien presuntamente le advertía cuando se realizarían procedimientos antidrogas en su local, informaron hoy fuentes judiciales.
   
El fiscal federal Federico Delgado le solicitó a la jueza María Servini de Cubría que decrete la clausura de la instrucción del sumario y se eleve a juicio la causa en la que están imputados el ex oficial Diego Ariel Cáceres y Martín Ignacio Marrón, dueño del boliche “Fantasía”, ubicado en Agüero 726 de esta ciudad.
   
Delgado recordó que "el 31 de octubre de 2008, Diego Ariel Cáceres, valiéndose de su condición de Subinspector de la Comisaría 9ª de la Policía Federal Argentina, advirtió a Martín Ignacio Marrón –quien estaba siendo investigado por comercio de estupefacientes- del allanamiento que iba a realizarse al día siguiente en el mencionado boliche, para lograr que pudiera sustraerse de la acción de la justicia".
   
"En efecto, la medida probatoria ordenada se materializó el 1 de noviembre de 2008 y no arrojó el resultado esperado, fundamentalmente, por el aviso preventivo realizado por dicho funcionario policial", enfatizó el fiscal, quien añadió que Marrón "intentó lograr protección y asegurarse impunidad en los procedimientos recaídos sobre su local, mediante el ofrecimiento de ventajas, favores o dádivas al policía Diego Ariel Cáceres".
   
En ese sentido, el fiscal explicó que "ello se materializó a través de un llamado telefónico ocurrido el día 31 de octubre de 2008 –un día antes del allanamiento- en el que Marrón le agradeció al mencionado policía el aviso efectuado" lo que retribuía permitiendo que el policía ingresase al local "en forma gratuita y que consumiera bebidas alcohólicas sin tener que abonar dinero por ello".
   
El representante del ministerio público imputó a Cáceres por el delito previsto en el artículo 277 del Código Penal que establece que "será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otros, en el que no hubiere participado, ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de esta".

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