En cumplimiento de la Ley de Identidad de Género, recientemente promulgada por el Poder Ejecutivo, el Registro Nacional de las Personas dispuso que las personas que soliciten la rectificación registral y la expedición del DNI lo hagan en forma gratuita
El Registro Nacional de las Personas (Renaper), por Resolución 1795/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial, modificó el cuadro tarifario vigente para que las personas que soliciten la rectificación registral y la expedición de Documento Nacional de Identidad (DNI) lo hagan en forma gratuita como lo establece la Ley de Identidad de Género.
La normativa detalla que la Ley Nº 26.743, denominada Ley de Identidad de Género, establece "el derecho de solicitar la rectificación registral del sexo, el cambio de nombre/s de pila e imagen".
Asimismo, destaca que la solicitud se debe efectuar ante el Renaper "a efectos de requerir la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo Documento Nacional de Identidad", conservándose el número original.
La Resolución, a su vez, remarcó que el artículo 6º de la ley de Identidad de Género "establece que los trámites para la rectificación son gratuitos y personales".